SIN INFORMACION

TOBAR GONZALEZ FRANCISCO JAVIER/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

3 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Carlos Alberto Godoy Marillán, quien interpone acción constitucional de amparo a favor de Francisco Javier Tobar González, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en haberle negado el beneficio de la libertad condicional al amparado, lo cual compromete a su respecto las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda el presente arbitrio, explicando que el afectado se encuentra en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, sirviendo una pena de 3 años y un día por delito de robo con intimidación, la que inició el 29 de enero de 2020, cuya fecha de término está prevista para el 30 de enero de 2023 y el tiempo mínimo para postular a beneficios intrapenitenciarios lo alcanza el 30 de enero de 2022, registrando a la fecha cinco bimestres de conducta calificada como “muy buena”, de manera que cumple con todos los requisitos exigidos para optar al mencionado beneficio, no obstante, éste fue rechazado por la recurrida, lo que estima ilegal y arbitrario, vulnerando con ello la libertad personal del amparado y lo prescrito en el Decreto Ley N° 321, razones por las que pide a esta Corte se acoja la presente acción, ordenándose en definitiva se otorgue inmediatamente la libertad condicional impetrada. Segundo: Que informando la recurrida, a través de la señora Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, dio cuenta a esta Corte que el amparado no fue postulado por ninguna Unidad Penal en el periodo correspondiente al segundo semestre del año 2021. Tercero: Que informó alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, haciendo presente que el amparado no fue incluido en el proceso de libertad condicional, pues no cumplía con el requisito de tiempo mínimo para p

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido a favor de Francisco Javier Tobar González. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-4.639-2021

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de diciembre de dos mil veintiuno. A los folios 11 y 12: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Carlos Alberto Godoy Marillán, quien interpone acción constitucional de amparo a favor de Francisco Javier Tobar González, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto

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