JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

M.P C/ FELIPE ANTONIO JERIA LETELIER

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2021

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y apareciendo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad, en relación con el delito por el cual se ha formalizado investigación y la eventual participación del imputado en el mismo, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza y gravedad de la pena asignada al ilícito, las circunstancias de su comisión, bien jurídico protegido y el hecho de contar con antecedentes pretéritos, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veinticinco de noviembre del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Felipe Antonio Jeria Letelier. Devuélvase vía interconexión. N° 3413-2021-Penal.

Texto Completo (Preview)

Fecha: dos de diciembre de dos mil veintiuno. Sala: Sexta-Zoom. Rol Corte: 3413-2021. Ruc: 2000163288-5. Rit: 1582-2020. Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto. Fiscal: Samuel Malamud Herrera. Defensor: Sandra Naranjo Beiza. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Imputado: Felipe Antonio Jeria Letelier. Escritos proveídos en audiencia: 2. RESOLUCION San Miguel, dos de diciembre

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