MP.C/ MARCO ANTONIO SEPÚLVEDA ORTÍZ.
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2021
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y apareciendo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad, en relación con el delito por el cual se ha formalizado investigación y la eventual participación del imputado en el mismo, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza y gravedad de la pena asignada al ilícito, las circunstancias de su comisión y el bien jurídico protegido, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiséis de noviembre del año en curso, por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Marco Antonio Sepúlveda Ortiz. Devuélvase vía interconexión. N° 3396-2021-Penal.
Texto Completo (Preview)
Fecha: dos de diciembre de dos mil veintiuno. Sala: Sexta-Zoom. Rol Corte: 3396-2021. Ruc: 2100290884-8. Rit: 1249-2021. Tribunal: 12° Juzgado de Garantía de Santiago. Fiscal: Samuel Malamud Herrera. Defensor: Carla Zúñiga Mejías. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Imputado: Marco Antonio Sepúlveda Ortiz. Escritos proveídos en audiencia: 2. RESOLUCION San Miguel, dos de diciembre
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