JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

M.P C/ DANILO IGNACIO MEDINA MARIN

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2021

Materia

SECUESTRO. ART. 141

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación a los delitos por los cuales se ha formalizado investigación y la eventual participación del imputado en los mismos, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima, en atención a la gravedad de los ilícitos materia de la formalización, bienes jurídicos protegidos, su naturaleza y circunstancias de su comisión, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veinticinco de noviembre del año en curso, por Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Danilo Ignacio Medina Marín. Devuélvase. N° 3403-2021 Penal

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En San Miguel, a dos de diciembre de dos mil veintiuno. Sala: Cuarta Sala Rol: 3403-2021 Penal Ruc: 2101062460-3 RIT: 13816-2021 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministros señora Ana Cienfuegos Barros, señora M. Catalina González Torres y señora Dora Mondaca Rosales. Relator: Mauricio Vergara Toro Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Magdalena Balart Defensa: Mar

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