DEPARTAMENTO DE PROTECCION CIUDADANA E INSPECCION GENERAL MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA / ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A
Rol
Fecha
6 de diciembre de 2021
Materia
SIN MATERIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y tenido presente: 1.- Que en estos autos la sentencia que motiva el presente recurso fue notificada a la parte demandante por carta certificada, recepcionada en la oficina de Correos de Chile el veintinueve de abril de dos mil veintiuno, según consta en la certificación de fojas 130 vuelta. 2.- Que de conformidad a lo dispuesto 32 de la Ley 18.287, el plazo para recurrir en contra de las sentencias definitivas es de cinco días, contados desde la notificación. 3.- Que el artículo 18, del mismo cuerpo legal, agrega que la notificación por carta certificada se entenderá practicada al quinto día, contado desde la fecha de su recepción en la Oficina de Correos, esto es el día siete de mayo de dos mil veintiuno, y el recurso de apelación fue interpuesto el día veinte del mismo mes y año, esto es en forma extemporánea, razón por la cual no puede ser admitido a tramitación. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 32 de la Ley N° 18.287 que establece Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto a fojas 131 y siguientes, concedido a fojas 137, contra la sentencia de fecha veintiséis de abril del dos mil veintiuno, escrita a fojas 130 de estos autos. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-1789-2021. (Ordenanza Municipal La Florida-Enel).
Fallo
se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto a fojas 131 y siguientes, concedido a fojas 137, contra la sentencia de fecha veintiséis de abril del dos mil veintiuno, escrita a fojas 130 de estos autos. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-1789-2021. (Ordenanza Municipal La Florida-Enel).
Texto Completo (Preview)
Foja: 143 mplb C.A. de Santiago Santiago, seis de diciembre de dos mil veintiuno. Vistos y tenido presente: 1.- Que en estos autos la sentencia que motiva el presente recurso fue notificada a la parte demandante por carta certificada, recepcionada en la oficina de Correos de Chile el veintinueve de abril de dos mil veintiuno, según consta en la certificación de fojas 130 vuelta. 2.- Que de confor
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