JUZGADO DE GARANTIA DE VALLENAR

LAYLA ANDREA BARAQUI CALLEJAS C/ ENRIQUE JOSE MIGUEL RODRIGUEZ SEREY

Rol

Fecha

1 de diciembre de 2021

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Habida consideración que la causa de autos aun no ha concluido, desde que se encuentra pendiente el debate acerca del forzamiento de la acusación y asimismo, se ha impugnado la decisión recaída en la solicitud formulada por la defensa, que denegó el sobreseimiento definitivo, existiendo además normativa especial -que debe ser preferida a aquella general contenida en el Código Procesal Penal, particularmente la Ley 20.066, cuyos artículos 5°, 7° y 15° permiten la adopción de medidas cautelares personales y reales, sin necesidad que exista formalización, y visto además lo dispuesto en los artículos 370 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de fecha veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno, por el Juez del Juzgado de Garantía de Vallenar, don Daniel Herrera Marín, que mantuvo las cautelares personales y reales decretadas con relación al querellado Enrique Rodríguez Serey. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-418-2021.

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Fecha: uno de diciembre de dos mil veintiuno Sala: Primera Rol Corte: Penal-418-2021 Ruc N°: 1710046510-8 Rit N°: O-1937-2017 Juzgado: Garantía de Vallenar. C.A. de Copiapó Ministros: Minitra señora Aida Osses Herrtera, Ministra señora Marcela Paz Ruth Araya Novoa y la Fiscal Judicial (S) señora Maria Jose Hernandez Soto Relator: ANITA ELVIRA MALUENDA HERNANDEZ Defensora Privada: Soledad Pascual Q

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