SIN INFORMACION

GUEVARA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

1 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 29 de septiembre de 2021 comparece Pablo Peñaloza Parra, abogado, en favor de Amarillys Esther Guevara Martínez, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.801.317-2, ambos domiciliados para estos efectos en pasaje Huerta Sur No 01076, comuna Rancagua, Región de O’Higgins, deduciendo recurso de protección en contra del DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por Álvaro Bellolio, con domicilio en Matucana N°1223 de Santiago, que funda en la omisión de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, solicitada con fecha 05 de abril de 2020, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 n. 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Explica que el recurrente, de nacionalidad venezolana, ingresó al país y optó por una visa temporaria, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. El 5 de abril de 2020, previo al vencimiento de su visa temporaria, solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva, según consta en solicitud N°3938931 que acompaña a su presentación. Posteriormente, recibió notificación de pago de derechos, el que fue realizado en el plazo correspondiente según consta en comprobante que acompaña. No obstante, hasta la presente fecha la recurrente no ha recibido respuesta, y ello la mantiene en una situación de incertidumbre y preocupación ante un trámite por demás demorado. Explica que las garantías y derechos constitucionales que resultan afectados por la infracción que denuncia dice relación con el excesivo tiempo de tramitación en dar respuesta de solicitud de permanencia definitiva, esto es, que desde la solicitud hecha con fecha 5 d abril de 2020, hasta la interposición del recurso ha transcurrido 1 años, 6 meses y 3 días, sin que la autoridad administra

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se declara, que SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Amarillys Esther Guevara Martínez en contra del DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Sin perjuicio de lo resuelto la recurrida deberá emitir, en el más breve plazo posible, el acto administrativo terminal respecto de la solicitud pendiente del recurrente. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte N° 12447-2021 Protección.

Texto Completo (Preview)

Rancagua, uno de diciembre de mil veintiuno. Vistos: Con fecha 29 de septiembre de 2021 comparece Pablo Peñaloza Parra, abogado, en favor de Amarillys Esther Guevara Martínez, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.801.317-2, ambos domiciliados para estos efectos en pasaje Huerta Sur No 01076, comuna Rancagua, Región de O’Higgins, deduciendo recurso de protección en

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica