SIN INFORMACION

SANGMEISTER/COMANDO DE PERSONAL DE LA FUERZA AEREA DE CHILE

Rol

Fecha

1 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurre de protección constitucional don Víctor Manuel Achiardi León, abogado, en representación de don Patricio Sebastián Sangmeister Nuñez y en contra de la 1) CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA y 2) FUERZA AEREA DE CHILE (COMANDANCIA EN JEFE), por una serie de actos arbitrarios e ilegales, respecto de la Fuerza Aérea; a) La aplicación ilegal de una sanción disciplinaria por 3 días de arresto militar -13.12.18-, b) La ilegalidad de la anotación en su hoja de vida por una relación sentimental -8.5.19-, c) La ilegalidad en su situación académica y la reprobación de su examen oral y, finalmente -18.6.19-, d) La ilegalidad en su inclusión en la lista de retiros del año 2019 a partir del mes de enero de 2020, materializado por la resolución N°118406-1953-2019, de 12 de diciembre de 2019. En relación a la Contraloría General de la República; por la demora en responder y posterior rechazo sin fundamento del reclamo realizado por el recurrente respecto de las actuaciones reprochadas de la Fuerza Aérea, lo que fuera materializado en el oficio Nº E-94.312, de fecha 9 de abril de 2021, lo que conculca sus garantías constitucionales, en cuanto al derecho al debido proceso y el derecho de propiedad, consagrados en el artículo 19 N° 3 y 24 de la Constitución Política de la República. Previas citas legales y constitucionales, y referencias jurisprudenciales, finaliza pidiendo que sean adoptadas todas las medidas conducentes para restablecer el imperio del derecho y, en especial, que se declare ilegal y arbitraria la inclusión del recurrente en la lista de retiros del año 2019 a partir del mes de enero de 2020; y que se deje sin efecto el oficio Nº E-94.312, de fecha 9 de abril de 2021; eliminar la anotación en la hoja de vida; enmendar las calificaciones y aprobar el proceso de titulación; finalmente que se ordene el reintegro con el pago de sus remuneraciones del protegido a la Fuerza Aérea, con costas del recurso. Fundando el recurso explica que el protegido se desempeñó hasta diciembre del 2019 como subteniente de la Fuerza Aérea de Chile. Indica que entre los años 2018 y 2019 fue objeto de una serie de medidas administrativas que además las estimas arbitrarias e ilegales. Enumera las medidas dispuestas en su contra, relativas a la aplicación de una sanción de 2 días de arresto militar como consecuencia de un incidente vehicular el día 7 de diciembre del 2018. La otra conductora era un capitán de la Fuerza Aérea. Por este hecho fue sancionado al tenor de lo dispuesto en los artículos 22 y 76 N° 10 del Reglamento de Disciplina para las Fuerzas Armadas. Refiere que no correspondía la sanción por no configurase los presupuestos. Detalla una serie de infracciones respecto del proceso que llevaron a imponer la sanción en comento. En cuanto a la anotación ilegal y arbitraria en su hoja de vida, expresa que se señaló que tenía una situación sentimental con una profesora de civil de la Academia Politécnica Aeronáutica. Por la rep

Fallo

Por tanto, por medio del oficio E-94.312 de fecha 9 de abril de 2021 se enteró que el reclamo fue rechazado. Identifica la ilegalidad en el obrar de la recurrida por carecer de una debida fundamentación. Finalmente alude cómo el acto recurrido afecta sus garantías constitucionales, las que enumera y explica. SEGUNDO: Que informando -folio 7, de 25 de junio del 2021- Carlos Madina Díaz, por la Fuerza Aérea de Chile, pidió el rechazo del recurso de protección por estimar que no han existido ni existen actuaciones u omisiones arbitrarias ni ilegales imputables a su representado. Pide que se rechace el recurso por haberse presentado de forma extemporánea. Destaca que el último acto imputado a su parte es la inclusión en la lista del retiro del protegido, del año 2019. Los verdaderos actos reclamados son los de la Fuerza Aérea, no los de la Contraloría. Precisa que la inclusión del recurrente en la lista de retiro ocurrió por medio de una resolución de 12 de diciembre del año 2019, momento desde el cual se debe contar el plazo para interponer el recurso, y como este fue presentado recién el 12 de mayo del año 2021, quedó fuera del plazo de 30 días. No se puede fabricar un plazo con la notificación del oficio de la CGR N°94.312, de 9 de abril del 2021. Como aspecto formal, pide el rechazo del recurso por no ser éste la vía idónea, como medida cautelar y de procedimiento de urgencia, para resolver el conflicto sometido a la decisión de la Corte. Corresponde a un juicio de lat

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Santiago, uno de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurre de protección constitucional don Víctor Manuel Achiardi León, abogado, en representación de don Patricio Sebastián Sangmeister Nuñez y en contra de la 1) CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA y 2) FUERZA AEREA DE CHILE (COMANDANCIA EN JEFE), por una serie de actos arbitrarios e ilegales, respecto de la Fue

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