MUÑOZ/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL SEGUNDO SEMESTRE 2021
Rol
Fecha
29 de noviembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR.
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que, comparece Max Troncoso Moreno, defensor penal público penitenciario, en favor de OSCAR ROBERTO MUÑOZ FLORES CI. Nº15.146.231-6, actualmente privada de libertad en calidad de condenada en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, quien de conformidad a lo dispuesto en el inc. final del artículo 21 de la Constitución Política de la República, interpone acción constitucional de amparo correctivo en contra de la Comisión de Libertad Condicional del segundo semestre del año 2021, por el acto ilegal y arbitrario ejecutado el día 13 de octubre del 2021 que denegó, por voto de mayoría, la libertad condicional del amparado. Señala que el amparado actualmente cumple 2.405 días como saldo de las penas impuestas en causa RIT 202-2013 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca que originariamente correspondía a 541 días de presidio menor en su grado medio como autor de abigeato y 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio como autor del delito de robo con intimidación. Inició el cumplimiento del saldo de las penas el 06 de mayo de 2018 debiendo terminar el 04 de diciembre de 2024. Reuniendo los requisitos legales fue postulado al proceso de libertad condicional del segundo semestre del año en curso; sin embargo, la Comisión, por voto de mayoría, rechazó la libertad condicional argumentando que no cumplía con el requisito previsto en el art. 2 N° 3 del DL. 321: “conforme al informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, se desprende que el recluso es reincidente penal; presenta un bajo compromiso delictual y riesgo medo de reincidencia, con necesidades de intervención principalmente en el uso del tiempo libre, vinculación a pares, actitud y orientación procriminal y patrón antisocial, además d sus características personales con potencial criminógeno, como problemas de adherencia y deficiente capacidad de resolución de conflictos. El solicitante presenta tendencia a favor del delito y
Fundamentos
considerandos anteriores esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado, cuya negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual de la amparada. La institución de la libertad condicional sólo constituye un beneficio conforme lo señalan expresamente los artículos 1 y 5 de D. L. 321 de 1925.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Max Troncoso Moreno, en favor de OSCAR ROBERTO MUÑOZ FLORES, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el 13 de octubre del presente año. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-409-2021.
Texto Completo (Preview)
Talca, veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que, comparece Max Troncoso Moreno, defensor penal público penitenciario, en favor de OSCAR ROBERTO MUÑOZ FLORES CI. Nº15.146.231-6, actualmente privada de libertad en calidad de condenada en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, quien de conformidad a lo dispuesto en el inc. final del artículo 21
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