/DIRECCIÓN REGIONAL DE GENDAMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: En folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de don Leonardo Franco Martínez Morales, en contra de Gendarmería de Chile, Centro de Reinserción Social de Valparaíso, solicitando que se declare que el amparado reúne los requisitos establecidos en el artículo 16 de la ley 18.216, decretando el cumplimiento anticipado de la pena. El amparado fue condenado en causa RIT 10.712-2016, del Juzgado de Garantía de Valparaíso, a sufrir la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, otorgando para su cumplimiento la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva. Refiere que se solicitó la aplicación del artículo 16 de la ley 18.216, esto es, cumplimiento anticipado de la pena. Con fecha 16 de septiembre del presente, el Centro de Reinserción Social informa al tribunal dando cuenta que, mi representado dio inicio el periodo de observación con fecha 25 de septiembre de 2017, con un egreso programado para el día 25 de septiembre de 2021, según da cuenta el documento signado como ORD Nº 05.23.00/ 1394/2021 remitido por el CRS de Valparaíso con fecha 15 de septiembre de 2021 al Juzgado de Garantía de Valparaíso, lo que se revisa en audiencia, de fecha 29 de octubre, sin la presencia del delegado, ordenando el tribunal que este informe y se reprograma, nueva audiencia para el día 03 de noviembre del presente. Con fecha 03 de Noviembre, se realiza nueva audiencia, esta vez, con la presencia del delegado, quien no emite opinión respecto del cumplimiento anticipado, solo señalando que el consejo técnico del CRS se tenía que reunir para el análisis del caso, ordenado en esta audiencia el Tribunal, que el CRS informe en calidad de urgente respecto del cumplimiento anticipado de la pena. El CRS informa en ORD. Nº 05.23.00/1739/2021, en lo pertinente: “Previo a la suspensión, este CRS no efectuó solicitud de término anticipado puesto que no se satisfacen los criterios técnicos para aquello”, terminando con lo siguiente “Este consejo Técnico concluye que no es posible p
Fallo
Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza la acción deducida en favor de Leonardo Franco Martínez Morales, en contra de Gendarmería de Chile, Centro de Reinserción Social de Valparaíso. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3180-2021. En Valparaíso, veintisiete de noviembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de noviembre de dos mil veintiuno. Visto: En folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de don Leonardo Franco Martínez Morales, en contra de Gendarmería de Chile, Centro de Reinserción Social de Valparaíso, solicitando que se declare que el amparado reúne los requisitos establecidos en el artículo 16 de la ley 18.216, decretando el cumplimiento antic
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