MP C/ CAMILA FERNANDA BAHAMONDE OYARZO
Rol
Fecha
26 de noviembre de 2021
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS 1°) Que se elevan estos antecedentes para conocer de la apelación deducida por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, que dispuso el arresto domiciliario total y arraigo nacional de la imputada, solicitando que se revoque dicha decisión y se ordene la prisión preventiva en su lugar. 2°) El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen antecedentes suficientes para estimar concurrentes los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y la participación que en ellos le pudo caber a la imputada. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, esta Corte estima que atendido el delito respecto del cual ha sido formalizada la presente investigación en contra de la imputada, esto es, delito de microtráfico del artículo 4 de la ley 20.000, la naturaleza del delito, su forma de comisión, la prognosis de pena y eventual forma de cumplimiento de la misma, se concluye que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, que se ve asegurada solo con la máxima de las medidas cautelares que establece la ley en esta materia, esto es, con prisión preventiva. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de fecha veintiséis de noviembre del año en curso, dictada por el Juez de Garantía de esta ciudad, don Rolando Díaz Coloma respecto de la imputada Camila Fernanda Bahamonde Oyarzo, ordenándose la mantención de la prisión preventiva en su contra. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase Rol 1004-2021
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de fecha veintiséis de noviembre del año en curso, dictada por el Juez de Garantía de esta ciudad, don Rolando Díaz Coloma respecto de la imputada Camila Fernanda Bahamonde Oyarzo, ordenándose la mantención de la prisión preventiva en su contra. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase Rol 1004-2021
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno VISTOS 1°) Que se elevan estos antecedentes para conocer de la apelación deducida por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, que dispuso el arresto domiciliario total y arraigo nacional de la imputada, solicitando que se revoque dicha decisión y se ordene la prisión preventiva en
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