SIN INFORMACION

VALENZUELA/QUIROZ

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que a folio 1, el abogado don Francisco Zambrano Meza, en representación de la parte denunciante en los autos sobre tutela laboral caratulados “Valenzuela con Universidad de Chile” RIT T-1818-2020, seguidos ante el Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, deduce incidente de recusación en contra de la juez titular doña María Teresa Quiroz Alvarado, fundando el mismo en la causal del artículo 196 N° 16 del Código Orgánico de Tribunales, esto es “Tener el juez con alguna de las partes enemistad, odio o resentimiento que haga presumir que no se halla revestido de la debida imparcialidad”, argumentando que durante la celebración de la audiencia de juicio, y luego de un receso de quince minutos, la actitud de la magistrado pareció haber cambiado, siendo de su sospecha, que durante dicho receso se enteró de la posición política de la denunciante y que esto generó que la magistrado perdiera su imparcialidad al momento de resolver objeciones y recursos. Sostiene, finalmente, que dicho cambio de actitud no puede sino deberse a una enemistad, resentimiento odio o resentimiento surgidos en la juez en contra de la denunciante, sobre asuntos tan controvertidos a nivel nacional como migración, la situación del pueblo mapuche y su afinidad política. 2°) Que, el artículo 119 del Código de Procedimiento Civil, establece una triple obligación para el Tribunal que ha de conocer el incidente de recusación planteado. En primer lugar, ha de analizar si la causal alegada es o no legal; luego si los hechos expuestos la constituyen; para finalmente establecer si estos se encuentra debidamente especificados, instancia en la cual ha de realizar un pronunciamiento de mérito. 3°) Que, en la especie, los hechos descritos por el articulista no constituyen la causal de inhabilidad que se hace valer, ya que no es posible desprender de lo atribuido a la juez la manifestación de enemistad, odio o resentimiento que haga presumir que no se halla revestida de la debida

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mplb C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, dos de diciembre de dos mil veintiuno. A sus antecedentes la certificación que antecede. A los folios Nos 1 (ingreso recurso) y 4 (acompaña boleta de consignación): Vistos y teniendo presente: 1°) Que a folio 1, el abogado don Francisco Zambrano Meza, en representación de la parte denunciante en los autos sobre tutela laboral caratulados “Valenz

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