BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/VICTOR SANDOVAL PREST. MINERAS EIRL
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2021
Materia
APELACIÓN INCIDENTE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, teniendo únicamente presente que lo peticionado por el denunciante se asila en lo dispuesto en los artículos 5° y 6° de la ley 20.009, que expresamente otorgan competencia al Juzgado de Policía Local del domicilio del usuario para conocer de las acciones que emanan de dicha normativa, es que se concluye que el Juzgado de Policía Local de Andacollo sí es competente para conocer de la acción de marras y, en consecuencia, la demanda no es inadmisible como declaró el tribunal a quo. Por lo dicho, y teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, SE REVOCA la resolución apelada de fecha doce de julio de dos mil veintiuno, escrita a fojas 22 a 23 de estos autos, que declaró inadmisible la denuncia por carecer el tribunal de competencia para conocer del asunto en atención a la materia y, en su lugar,
Fallo
se decide que el Juzgado de Policía Local de Andacollo es competente para conocer de la demanda deducida, debiendo dar curso progresivo a los autos acogiéndola a tramitación. Devuélvase. Rol N° 153-2021 Policía Local.
Texto Completo (Preview)
Banco de Crédito e Inversiones Víctor Sandoval Prest. Mineras EIRL Infracción Ley 20.009 Rol Nº 153-2021.- (616-2021 del Juzgado de Policía Local de Andacollo) La Serena, veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, teniendo únicamente presente que lo peticionado por el denunciante se asila en lo dispuesto en los artículos 5° y 6° de la ley 20.009, que expresamente o
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