SILVA ESPINOZA FREDDY/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurre de amparo constitucional doña Haslie María Paz Bustamante, abogada, en favor de los intereses de Freddy Antonio Silva Espinoza, interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional correspondiente al segundo semestre del año 2021, sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Indica que la decisión de la Comisión no se ajustó a derecho, por cuanto el amparado, si bien se encuentra cumpliendo una condena de 6 años por el delito de robo con intimidación, cumple a cabalidad con todos los requisitos objetivos exigidos por el artículo 2º del Decreto Ley Nº 321. Del mismo modo, postuló la ilegalidad en el obrar de la recurrida toda vez que se rechazó el beneficio de libertad condicional sin considerar los avances que el amparado ha vivenciado en el penal, como su participación en diversos talleres, que cuenta con arraigo familiar y mantiene una promesa laboral vigente. Además, en cuanto a la resolución de rechazo, indica que tiene una inadecuada fundamentación al no advertir las situaciones positivas del amparado. Previas citas legales, constitucionales y de tratados internacionales, solicitó que se acoja el recurso adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y disponer que se deje sin efecto la resolución recurrida, decretando en su lugar que se concede el beneficio de libertad condicional al amparado. SEGUNDO: Que informando doña Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que por resolución de 15 de octubre de los corrientes se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la Comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo y de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. Puntualizó que la resolución de rechazo señaló que “el postulante presenta riesgo alto de reincidencia, es reincidente legal y criminógeno, comenzó a delinquir a los 16 años; tiene tendencia a favor del delito y actitud desfavorable hacia las normas y convenciones sociales. Hay una incipiente evaluación crítica del comportamiento delictivo, así como una visualización también incipiente respecto a las víctimas. Debe continuar con los talleres para poder minimizar el riesgo de reincidir en la comisión de delitos.” Concluye señalando que la Comisión rechazó el beneficio sobre la base de los antecedentes aparejados por Genda
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Freddy Antonio Silva Espinoza, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4488-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurre de amparo constitucional doña Haslie María Paz Bustamante, abogada, en favor de los intereses de Freddy Antonio Silva Espinoza, interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por
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