SIN INFORMACION

LONGART GUILARTE CARLOS /MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Rol

Fecha

25 de noviembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el abogado Marco Antonio Valdés Merino comparece en representación de doña Jhoncelides Zailet Sayago León, venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°27.345.409-8, con domicilio en Fray Camilo Henríquez 686, comuna de Santiago, Región Metropolitana, interponiendo recurso de amparo en favor de Carlos Alberto Longart Guilarte, venezolano, pasaporte N°081101045, contra el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, por vulnerar su derecho a la libertad personal del contemplado en el artículo 19 N° 7 letra a) de la Carta Fundamental, al impedirse la posibilidad de hacer ingreso a Chile y materializarse la reunificación familiar. Sostiene que doña Jhoncelides Sayago y el amparado Carlos Alberto Longart Guilarte, mantienen Unión Estable de Hecho celebrada en la República Bolivariana de Venezuela el año 2018, viajando a Chile la primera y encontrándose actualmente tramitando la prórroga de su visa temporaria ante el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. El amparado, en tanto, solicitó Visa de Responsabilidad Democrática a través del Sistema de Atención Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, la que fue autorizada concurriendo hasta las dependencias de la autoridad consular a retirar su pasaporte en el mes de febrero de 2020, en el cual había sido estampada la visa solicitada con fecha 16 de enero de 2020. Tenía viaje para el 8 de abril de 2020, pero en el mes de marzo Chile cerró las fronteras y el amparado no pudo viajar dentro del plazo de 90 días contados desde la fecha de estampado de la visa, de acuerdo a lo establecido en los artículos 7° del Decreto Ley N° 1.094 del año 1975 (Ley de Extranjería) y 14° del Decreto Supremo N° 597 de 1984 (Reglamento de Extranjería), sin poder hacer efectiva la visa, quedando por tanto vencida. Por lo que pide se ordene al Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de su Sección Consular en Venezuela, a citar al amparado

Fallo

por tanto vencida. Por lo que pide se ordene al Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de su Sección Consular en Venezuela, a citar al amparado en el plazo más breve posible con el fin de re-imprimir y estampar, con nueva fecha, la visa estampada el día 16 de enero de 2020. SEGUNDO: Que informó el Director General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, señalando que en enero de 2020 le fue estampada la Visa de responsabilidad democrática al amparado, quien hasta el 15 de abril del mismo, año tenía autorización para ingresar al país en uso de la misma. Añade a lo anterior, el Decreto Supremo 102 de 16 de marzo de 2020 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que dispuso el cierre de las fronteras, impidiendo el ingreso de extranjeros a Chile, lo que se ha ido prorrogando, pero aquello no significó una suspensión de plazo alguno, encontrándose prohibido la autorización de ingreso de una persona con visa vencida, ni tampoco procede la reimpresión de las mismas ni un otorgamiento de las mismas sin una nueva solicitud. Finalizando con que el pasado 1 de abril, mediante Decreto N°82 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se dispuso el cierre de las fronteras chilenas con restricciones para extranjeros, como medida para enfrentar la pandemia del Covid-19, la que ha sido extendida hasta el 30 de junio de los corrientes, por lo que no ha existido acto ilegal o arbitrario de esa autoridad; TERCER

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C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el abogado Marco Antonio Valdés Merino comparece en representación de doña Jhoncelides Zailet Sayago León, venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°27.345.409-8, con domicilio en Fray Camilo Henríquez 686, comuna de Santiago, Región Metropolitana, interponiendo recurso de a

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