ECHEVERRIA ARCE KEVIN MARCELO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
24 de noviembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Haslie María Paz Bustamante, abogada, en favor de KEVIN ECHEVERRÍA ARCE, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó en octubre de dos mil veintiuno, correspondiente a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, al objeto de que se conceda de manera inmediata la libertad condicional del amparado. Expone que el amparado cumple una condena de tres y un día años por el delito de robo con intimidación, y otra de 541 días por el delito de receptación, iniciando aquellas el 10 de junio de 2018, con fecha de término para el 14 de octubre de 2022. Agrega que cumple con el requisito de buena conducta. Alega que, si bien se rechazó su postulación por tener un informe psicosocial desfavorable, no se ha evaluado correctamente sus avances en este ámbito, pues ha desarrollado diversas actividades para mejorar su condición como persona, cuenta con el apoyo de sus padres en el medio libre y tiene una promesa de trabajo. Alega haber cumplido con el taller de madera, confeccionando baules y puff que son vendidos por internet por su madre y su cónyuge en el medio libre. SEGUNDO: Que, informando, Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señala que por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio al amparado, pues, si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N° 321, sin embargo, los antecedentes dan cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. Profundiza que el postulante presenta un nivel medio riesgo de reincidencia. Se observa que el postulante no presenta experiencia laboral y su vinculación con pares crimin
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con que, si bien éste cumple con los requisitos de tiempo mínimo y muy buena conducta, presenta factores de riesgo que implican posibilidades de reincidencia. Así, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de la libertad condicional, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de KEVIN ECHEVERRÍA ARCE. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-4406-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Haslie María Paz Bustamante, abogada, en favor de KEVIN ECHEVERRÍA ARCE, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó en octubre de dos mil veintiuno, correspondiente a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Sant
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