YEUDYS CASTILLO FERRERAS / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA DE CHILE
Rol
Fecha
24 de noviembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, quien interpone recurso de protección por sí y en favor de Yeudys Adolfo Castillo Ferreras, de nacionalidad venezolana, domiciliado para estos efectos en Adrián Soto N° 1413, comuna de Talagante, y en contra del Departamento de Extranjería y Migración por el injustificado retraso en la aprobación de su permanencia definitiva, acto que vulnera la garantía constitucional establecida en el artículo el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880. Expone que el señor Castillo Ferreras ingresó al país en el año 2017 y estando dentro del país cambió su estatus migratorio a residente temporario por visa otorgada, y el 01 de agosto de 2020 previo vencimiento de su visa como residente temporal solicitó el beneficio de permanencia definitiva, solicitud N° 2431625, el 21 de julio de 2021 realizó el pago correspondiente dentro del plazo indicado, haciendo presente que de la orden de giro se desprende que la autoridad administrativa dispone de un plazo de 60 días para dictar resolución administrativa aprobando o rechazando la solicitud. Indica que el 22 de julio de 2021 el recurrente fue notificado por el Departamento de Extranjería y Migración, que debía subsanar documentos, otorgándole un plazo de treinta días hábiles para cumplir con ello, lo que realizó dentro del plazo señalado. Indica que, no obstante esto, y habiendo transcurrido un año, dos meses y un día desde que realizó dicha solicitud, no se ha pronunciado sobre la misma, vulnerando lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en especial el principio de celeridad que debe regir en el actuar de la autoridad pública. Pide, en definitiva, que se acoja el recurso de protección ordenando al Departam
Fundamentos
considerando que precede, aparece que la institución recurrida ha dado la tramitación pertinente a la solicitud de permanencia definitiva solicitada por el recurrente, no advirtiéndose en ella una actuación ilegal o arbitraria en los términos que se exige para los efectos de considerar como conculcada la garantía alegada.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema que rige en la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don Pablo Daniel Peñaloza Parra por sí y en favor de Yeudys Adolfo Castillo Ferreras y en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N° 5418-2021-Protección Pronunciado por la Tercera Sala integrada por las ministros señora C. Gloria Escanilla Pérez (S), señora M. Patricia Salas Sáez (S) y el abogado integrante señor Ignacio Castillo Val.
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó en contra del recurso el abogado don Vicente Federico Cruz Mac-Kellar y que la vista de la causa se inició con la relación a las 10.07 horas y finalizó con el alegato a las 10.12 horas. En San Miguel, a 24 de noviembre de 2021, Andrea Román Bravo, relatora. San Miguel, veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno. A los escritos folios 82940 y 82942: a todo, té
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