SIN INFORMACION

SANTAFE INMOBILIARIA S.A./CUADRA

Rol

Fecha

29 de noviembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1) Que, las apoderadas de Santafe Inmobiliaria S.A., han presentado un recurso de queja, en contra de la resolución dictada por el Juez Árbitro, don René Cuadra Bastidas, mediante la cual se rechazó el recurso de reposición con apelación subsidiario interpuesto, a su vez, en contra de la resolución de fecha diecisiete de noviembre último, en la cual se accedió a la solicitud de distintos comuneros que solicitaron el giro de cheques en su favor por las cuotas que les corresponden producto de la liquidación de la comunidad. 2) Que, el inciso 1° del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales establece los requisitos básicos de admisibilidad que debe contener todo recurso de queja, particularmente lo relativo a la obligación de interponerse en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan termino al procedimiento o hagan imposible su continuación. 3) Que del análisis del recurso se desprende que la resolución en contra de la cual se recurre de queja, atendida su naturaleza, no pone termino al procedimiento o hace imposible su continuación, razón por la cual el presente recurso no será admitido a tramitación. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 545, y 549 letra a) del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto en lo principal de la presentación folio N° 1, de veintitrés de noviembre del año en curso. Archívense. N°Civil-10538-2021.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto en lo principal de la presentación folio N° 1, de veintitrés de noviembre del año en curso. Archívense. N°Civil-10538-2021.

Texto Completo (Preview)

fjr C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno. Al folio 1: a lo principal, primer, segundo, tercer, cuarto, quinto, sexto y séptimo otrosí, estese a lo que se resolverá; al octavo otrosí, téngase presente. Vistos: 1) Que, las apoderadas de Santafe Inmobiliaria S.A., han presentado un recurso de queja, en contra de la resolución dictada por el Jue

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