FUENMAYOR RODRIGUEZ TULIO SEGUNDO-LEON ALVAREZ ASMIRIA DEL CARMEN/MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
23 de noviembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado don Claudio Quiroga Hinojosa quien, a favor de Tulio Segundo Fuenmayor Rodríguez y Asmiria Del Carmen León Álvarez, venezolanos, pasaportes números 076340657 y 146223639, respectivamente, e interpone acción constitucional de amparo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, representado por su ministro, Andrés Allamand Zavala, por vulnerar su derecho a la libertad personal, establecido en el artículo 19 N° 7 letra de la Constitución Política de la República. Explica que los amparados son cónyuges, de 64 y 57 años de edad respectivamente, todos de nacionalidad venezolana que actualmente residen en Venezuela. Producto de la crisis humanitaria en Venezuela y con el fin de lograr la reunificación familiar con su hija Alejandra Chiquinquira Fuenmayor León, cédula nacional de identidad para extranjeros 25.681.464-1, quien reside en Chile desde el año 2016, solicitaron la Visa de Responsabilidad Democrática asignada con los números 687259 y 687291, respectivamente, y quedaron a la espera de su cita para la entrega de los documentos. Sin embargo, el 11 de noviembre de 2020, el ente recurrido de forma arbitraria e ilegal, cerró la solicitud de visa de responsabilidad democrática del amparado, mediante el envío de un correo electrónico genérico que carece de fundamentos. Al respecto, la solución entregada por Cancillería para enfrentar este problema es que los solicitantes de visa vuelvan a realizar la solicitud de visa una vez que cambiara la situación actual de pandemia, no reparando a través del correo electrónico masivo en las circunstancias particulares de cada caso. Asegura que el cierre y rechazo de las solicitudes de visa de la amparada le niega la posibilidad de ingresar a Chile y lograr la reunificación familiar, no obstante haber cumplido con las disposiciones y procedimientos establecidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, a través de Oficio Circular N° 96 del año 2018, para
Fallo
se declara: Que se acoge el presente Recurso de Protección deducido por Claudio Quiroga Hinojosa en favor de Tulio Segundo Fuenmayor Rodríguez y Asmiria Del Carmen León Álvarez, y se dispone que la recurrida, instruirá a la autoridad Consular respectiva para los efectos que continúe la tramitación del proceso de Visa de Responsabilidad Democrática, iniciado por los recurrentes individualizados, agendar su visita y la resuelva en el plazo de treinta días. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-5340-2021.
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C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado don Claudio Quiroga Hinojosa quien, a favor de Tulio Segundo Fuenmayor Rodríguez y Asmiria Del Carmen León Álvarez, venezolanos, pasaportes números 076340657 y 146223639, respectivamente, e interpone acción constitucional de amparo en contra del Ministerio de Rela
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