1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

GÓMEZ/INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE - VUELVE A TABLA

Rol

Fecha

23 de noviembre de 2021

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de seis de febrero de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-888-2019, se acogió parcialmente, con costas, demanda interpuesta por Ignacio Alejandro Gómez Pérez, en contra de Instituto Profesional de Chile, con costas. Contra ese fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, fundado como causal principal en la prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo en relación con el artículo 159 N°4 inciso 2° del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, fundamentando sus alegaciones el recurrente sostiene que la sentencia incurre en la hipótesis contenida como causal de nulidad en el artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con lo señalado en el inciso 2° del número 4 del artículo 159 del mismo cuerpo normativo, puesto omite, a su juicio, la aplicación de las disposiciones citadas, desatendiendo su tenor literal y su evidente procedencia o pertinencia para el caso que

Fallo

fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, fundado como causal principal en la prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo en relación con el artículo 159 N°4 inciso 2° del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: Que, fundamentando sus alegaciones el recurrente sostiene que la sentencia incurre en la hipótesis contenida como causal de nulidad en el artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con lo señalado en el inciso 2° del número 4 del artículo 159 del mismo cuerpo normativo, puesto omite, a su juicio, la aplicación de las disposiciones citadas, desatendiendo su tenor literal y su evidente procedencia o pertinencia para el caso que se resuelve, toda vez, que según sostiene, el argumento se detiene en el reproche formal respecto de la existencia de finiquitos intermedios, su poder liberatorio y la necesidad de solicitar a nulidad de aquellos para dar cuenta de la acción para pronunciarse del fondo, lo que refiere sería errado. Expone que lo anterior, se transforma en un requisito de procedencia de aplicación de la norma, el que se es ajeno a esta, lo que perjudicaría su pretensión, siendo dicha circunstancia contraria a derecho. Sostiene adicionalmente que resultaría evidente que para dar cuenta de contratos a plazo fijo sucesivos, como la hipótesis de la noma en análisis, sería requisito esencial la caducidad de la convención que la

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de seis de febrero de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-888-2019, se acogió parcialmente, con costas, demanda interpuesta por Ignacio Alejandro Gómez Pérez, en contra de Instituto Profesional de Chile, con costas. Contra ese fallo la parte demandante dedu

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