GHIRINGHELLI/5° JUZGADO CIVIL DE VALPARAISO
Rol
Fecha
24 de noviembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que comparece el abogado Erasmo Recabarren Pinochet, por la parte demandada en autos sobre indemnización de perjuicios sustanciados ante el Quinto Juzgado Civil de Valparaíso, Rol N° C-3246-2017, quien recurre de hecho contra la resolución de 22 de octubre de 2021, que dio lugar al recurso de apelación subsidiario deducido por la demandante respecto de aquella dictada el 14 de igual mes y año, que acogió el incidente de abandono del procedimiento. Explica que de acuerdo con el artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, la resolución apelada se pronuncia sobre un incidente y establece derechos permanentes para las partes, por lo cual tiene la naturaleza jurídica de sentencia interlocutoria. Reclama que la subsidiariedad de dicho medio de impugnación sólo es admisible en las hipótesis del artículo 188 del referido cuerpo legal, esto es, en contra de autos o decretos que alteran la sustanciación regular del juicio o cuando recaen sobre trámites no expresamente ordenados por ley, lo que no acontece en este caso. Cita como abono, la sentencia pronunciada por la Iltma. Corte de Apelaciones de La Serena, en causa Rol Nº 875-2021, que estableció “Finalmente, si se entendiese que la resolución impugnada por la apelación subsidiaria, esto es, la de fecha 23 de Abril de 2021, en realidad tiene la naturaleza de sentencia interlocutoria, y por ende apelable al tenor del art. 187 del Código de Procedimiento Civil, aun así la apelación subsidiaria deducida en el primer otrosí de la presentación de fecha 28 de Abril de 2021 seguiría siendo improcedente, dado que dicha forma de interponer la apelación sólo es admisible en la hipótesis del artículo 188 del Código del Ramo, esto es, en contra de autos o decretos que alteran la sustanciación regular del juicio o cuando recaen sobre trámites no expresamente ordenados por ley, y no en contra de sentencias interlocutorias como sería la de la especie”. En consecuencia, solicita acoger este arbitrio y declarar inadmisible la apelación interpuesta por la demandante, con costas en caso de oposición. Segundo: Que se trajo a la vista la causa ingreso civil N° 1527-2021, en la que consta que por resolución de 14 de octubre de 2021, se acogió el incidente de abandono del procedimiento promovido por la demandada Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio, a cuyo respecto la parte demandante, con fecha 20 de igual mes y año, a lo principal, interpuso recurso de reposición y, al otrosí, apeló en subsidio; rechazándose la primera impugnación por improcedente y concediéndose la apelación deducida en el solo efecto devolutivo, conforme resolución de 22 de octubre del año en curso. Tercero: Que resulta suficiente para la concesión del recurso de apelación, que este haya sido deducido dentro del plazo legal y contenga las peticiones concretas conforme con el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil. De esta manera no puede obstaculizarse el derecho a impugnar las resoluciones -derecho que forma part
Fallo
Por tanto, la circunstancia que el recurso de apelación haya sido interpuesto en forma subsidiaria a una reposición, no puede ser motivo para no concederlo, lo que conlleva a desestimar este arbitrio. Y visto además lo dispuesto en los artículos 158, 187, 189, 194 y 196 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho intentado en contra de la resolución de veintidós de octubre de dos mil veintiuno, dictada por doña Claudia Reveco Iglesias, Jueza Subrogante del Quinto Juzgado Civil de Valparaíso. Déjese copia de la presente sentencia en los autos rol de ingreso civil N° 1527-2021 para los fines que correspondan. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Civil-1582-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que comparece el abogado Erasmo Recabarren Pinochet, por la parte demandada en autos sobre indemnización de perjuicios sustanciados ante el Quinto Juzgado Civil de Valparaíso, Rol N° C-3246-2017, quien recurre de hecho contra la resolución de 22 de octubre de 2021, que dio lugar al recurso
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