C/ LUIS MARCELO MOYA PACHECO (AGENDA CORTA)
Rol
Fecha
20 de noviembre de 2021
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueran absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. A su turno, el artículo 139 del mismo cuerpo legal en su inciso segundo, establece que la prisión preventiva sólo procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren insuficientes para el cumplimiento de los fines precitados. Segundo: Que, a su vez, esta Corte considera que existen otras medidas para asegurar de manera suficiente la comparecencia del imputado a todas las actuaciones en que se le requiera, las que resultan, por ahora, proporcionales a la necesidad de cautela que exige la presente causa, teniendo en cuenta para ello lo señalado por los intervinientes en la audiencia de la vista del recurso. Tercero: Que, en efecto, aparece que las medidas de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional impuestas por el tribunal de garantía satisfacen la necesidad de cautela requerida, en los términos de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, asegurando la presencia del imputado en el juicio y con la debida proporcionalidad en relación con los hechos de la formalización. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de diecinueve de noviembre del año en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva por aquéllas contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, la de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional. Devuélvase. Rol N° 3284-2021 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinte de noviembre de dos mil veintiuno. Primera Sala Zoom Rol: 3284- 2021-Penal RUC: 2100312044-6 RIT: 908-2021 10° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Ministro de fe: Cristián Alcántara Mödinger Digitadora: Gimena Olivares S. Ministerio Público: Paula Flores Vargas Defensor: Roberto Pastén Saavedra Hora de inicio: 10:36 Hora de término: 11:00 Imputado: LUIS MARCELO MOYA PACHECO Delito
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