SIN INFORMACION

CARREÑO/SEREMI DE SALUD DE VALDIVIA

Rol

Fecha

19 de noviembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: 1.- Comparecen doña del Carmen Carreño Martínez, en representación de su hijo menor de edad Demian Alonso Valenzuela Carreño, quienes deducen acción de protección de garantías constitucionales en contra del Seremi Regional de Los Ríos de Salud, denunciando como acto ilegal y arbitrario Decreto 39 afecto, de 15 de septiembre de 2021, que prorroga vigencia de Decreto 4 del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria; Resolución 994 exenta de 30 de septiembre de 2021, que establece cuarto plan paso a paso 2; lo anterior con relación a que los niños mayores de 5 años deben usar en forma obligatoria mascarilla desde el 12 de octubre. Afirma que, de esta forma, el pase de movilidad constituye una suerte de “derecho de desplazamiento libre e incluso en algunas instancias hasta interregional”, en circunstancias que las personas que no se han vacunado, no tienen derecho a movilizarse libremente, pues quienes se encuentren en comunas en fase 1 del plan “paso a paso”, sólo tienen derecho a desplazarse dos horas de lunes a viernes, y dos horas los fines de semana, previa obtención del permiso temporal individual de desplazamiento general en la comisaría virtual; en fase 2, sólo pueden desplazarse libremente de lunes a viernes, y durante los fines de semana sólo dos horas, previa obtención del referido permiso; y finalmente, se encuentran impedidos de realizar viajes interregionales. Luego de reseñar antecedentes de las vacunas contra el SARS-COV-2, en especial sus contraindicaciones, reacciones adversas, y la incertidumbre sobre el grado de efectividad en el combate contra la enfermedad, asevera que la Resolución impugnada por el presente recurso, así como también otras Resoluciones e Instructivos posteriores, disponen medidas abiertamente discriminatorias de manera arbitraria e ilegal, las que causan perturbación y privación de legítimos derechos y garantías constitucionales de los recurrentes, relacionadas con concurrir a trabajar, caminar, pasear y practicar d

Fundamentos

considerando que vacunarse no es obligatorio y que la vacuna se encuentran en etapa experimental. Asimismo, refiere que las resoluciones y normativas citadas establecen en los hechos discriminaciones arbitrarias, al crear una categoría de personas vacunadas versus no vacunados en relación al pase de movilidad, afectando y limitando la libertad de tránsito. Señala además la libertad de conciencia, aseverando que los recurrentes tienen el legítimo derecho de “creer” que las vacunas no les harán bien, pues tienen el convencimiento de que la vacuna les provocará efectos adversos en el mediano y largo plazo. Por otra parte, invoca el derecho a la libertad ambulatoria, y a desarrollar cualquier actividad económica, dado que la recurrente y su familia no pueden ejercer dicha actividad de forma igualitaria con las personas que sí se han vacunado y tienen acceso al pase de movilidad. Solicita que se acoja su recurso dictándose lo siguiente: a. Declarar la arbitrariedad e inconstitucionalidad del plan del Gobierno en orden a fomentar e implementar el “carnet verde”, y ordenar de inmediato se deje sin efecto, la excluyente, discriminatoria e inconstitucional medida implementada por la recurrida de fomentar, difundir y entregar un “pase de movilidad” o “carnet verde”, por cuanto se nos está presionando indebidamente con el fin de vacunarnos, a fin de obtener supuestos “beneficios”, y se nos está discriminando y restringiendo arbitrariamente. b. Declarar la arbitrariedad e inconstitucionalidad de la medida impuesta por la Seremi de Salud con fecha 4 de octubre que obliga a los niños de más de 5 años a usar mascarilla durante su estadía en el jardín infantil, lo que nos parece inhumano y atentatorio contra su derecho fundamental a “ser niños normales”. c. Pedir informe a la recurrida a fin de que informe a esta I. Corte el fundamento científico preciso por el cual se está persuadiendo a vacunarse contra la el Covid-19 a cambio de la obtención de este “carnet verde”, así como un informe sobre la orden de usar mascarilla recaída sobre niños mayores de 5 años. d. Cualesquier otras medidas que S.S.I. considere relevantes decretar, en el caso de marras, con miras al esclarecimiento de estos hechos. e. Todo con expresa condena en costas de la recurrida 2.- Informó al tenor del recurso la recurrida, señalando que el concepto de pase de movilidad, que permite a aquellas personas que han sido vacunadas a tener ciertas libertades en el contexto de la pandemia. Precisa que el Ministerio adoptó la decisión de conceder este beneficio a aquellas personas vacunadas, exclusivamente porque la inmunidad que se logra por medio de la vacunación es considerablemente mayor en calidad y en duración que aquella que eventualmente podría adquirirse por medio de haber contraído la enfermedad. Sostiene que es un hecho público y notorio que nos encontramos ante una pandemia por COVID-19 que requiere de la adopción de múltiples medidas sanitarias para evitar su propagación, que desde

Fallo

se declara: Que SE RECHAZA el recurso de protección deducido por los recurrentes, en contra de Seremi de Salud de la Región de Los Ríos, sin costas. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redactada por el Abogado Integrante Sr. Luis Felipe Galdames Bühler. Rol 2331 – 2021 PRO.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO: 1.- Comparecen doña del Carmen Carreño Martínez, en representación de su hijo menor de edad Demian Alonso Valenzuela Carreño, quienes deducen acción de protección de garantías constitucionales en contra del Seremi Regional de Los Ríos de Salud, denunciando como acto ilegal y arbitrario Decreto 39 afecto, de 15 de septiembre de 2021, q

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