SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE GABRIEL ANGELO SALAZAR ROJAS EN CONTRA DE LA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2° SEMESTRE 2021)

Rol

Fecha

13 de noviembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece JOSE MAURIICO MCLEAN ZUÑIGA, en nombre y representación de GABRIEL ANGELO SALAZAR ROJAS, interponer acción constitucional de Amparo en contra de la resolución de fecha 14 de octubre del presente año, dictada por la Comisión de Libertad Condicional, que resolvió denegar el beneficio de libertad condicional al amparado, pese a los avances mostrados en el cumplimiento de su condena y contando con todos los requisitos legales para optar a dicho beneficio. Sostiene que su representado se encuentra privado de libertad con infracción a lo dispuesto por el D.L. 321 sobre Libertad Condicional modificado por la Ley 21.124 de 18 de enero de 2019 y decreto Nº338.

Fallo

Por estas consideraciones solicita se deje sin efecto la resolución recurrida que rechaza la libertad condicional a su representado, decretando se le conceda el beneficio, ordenando su libertad de manera inmediata. Acompaña copia de informe social, informe psicológico, certificado de alumno regular del programa más reinserción de SENCE, documentos que acreditan su trabajo en el penal, informes de capacitación. SEGUNDO: Que, evacuó informe la recurrida, quien expone que se rechazó la solicitud de Libertad Condicional del mencionado interno, invocando como fundamentos que el amparado no cumple con el tiempo mínimo de condena a la época de sesión de la comisión o dentro de los dos meses siguientes, además el informe de postulación psicosocial de Gendarmería daba cuenta de factores de riesgo de reincidencia alta, sin presentar conciencia del delito, del mal causado, ni manifestar un rechazo explícito a los delitos cometidos, requisitos todos, expresamente exigidos en la actualidad tanto en el Decreto Ley 321 como en su Reglamento para considerar que el interno pueda tener posibilidades de reinsertarse adecuadamente en la sociedad. TERCERO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades l

Texto Completo (Preview)

Salazar Rojas, Gabriel Angelo Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol Nº 417-2021.- La Serena, trece de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece JOSE MAURIICO MCLEAN ZUÑIGA, en nombre y representación de GABRIEL ANGELO SALAZAR ROJAS, interponer acción constitucional de Amparo en contra de la resolución de fecha 14 de octubre del presente año, d

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