15º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO SANTANDER - CHILE/CONSTRUCTORA LOGSER LTDA

Rol

Fecha

15 de noviembre de 2021

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo establecido en los artículos 318 y 319 del Código de Procedimiento Civil en contra de la resolución que recibe la causa a prueba sólo se podrá deducir apelación en forma subsidiaria a la reposición, dentro de tercero día, contados desde su notificación. Que del mérito de lo obrado por primera instancia, consta que el recurrente fue notificado con fecha treinta de junio del año en curso, y el recurso fue deducido el día trece de octubre de los corrientes, por lo que cabe concluir que ha sido interpuesto en forma extemporánea. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 201, 318 y 319 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto con fecha trece de octubre, en contra de la resolución de tres de junio del año en curso. Devuélvase. N°Civil-9.407-2.021.

Fallo

se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto con fecha trece de octubre, en contra de la resolución de tres de junio del año en curso. Devuélvase. N°Civil-9.407-2.021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de noviembre de dos mil veintiuno. (dia) Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo establecido en los artículos 318 y 319 del Código de Procedimiento Civil en contra de la resolución que recibe la causa a prueba sólo se podrá deducir apelación en forma subsidiaria a la reposición, dentro de tercero día, contados desde su notificación. Que del mérito de l

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