GAYDY DEL CARMEN BERRIOS PULIDO CONTRA DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: Que doña Gaudy del Carmen Berrios Pulido, 26.300.901, venezolana, domiciliada en Calle Manuel Montt N° 447, Cerro Placeres, Valparaíso, recurre de amparo en contra de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso y la Policía de Investigaciones de Chile, porque ilegalmente, a través de la Resolución Exenta N° 4477 de 29 de septiembre de 2021, se dispuso su expulsión por ingreso clandestino, lo que conculca su derecho a la libertad personal. Solicita dejar sin efecto dicho acto. Fundamenta su petición, en que si bien ingresó en forma clandestina, quiere legalizarse en Chile, para poder trabajar legal para poder optar a un mejor futuro para sus hijos, tener una mejor vida para ellos y por último que quiere apegarse a las leyes de este país. Que la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso informa que la expulsión se funda en un informe policial que da cuenta del ingreso clandestino al territorio nacional, lo que constituye una infracción al artículo 146 y siguientes de la ley de Extranjería. Agrega que con estos antecedentes y acorde con la facultad establecida en el artículo 78 del D.L. 1094, Ley de Extranjería, presentó denuncia ante la Fiscalía, la que luego se desistió. Por último refiere que su decisión se ajusta al ordenamiento jurídico vigente, atendido que doña Gaudy Del Carmen Berrios Pulido que la expulsión se encuentra expresamente establecida en el Reglamento de Extranjería e Inmigración en su artículo 146 inciso cuarto en relación al artículo 158 del mismo cuerpo legal. Que, la Prefectura Provincial Viña del Mar de la Policía de Investigaciones de Chile informa las diligencias practicadas en relación con el ingreso clandestino de que se trata, agregando que la Resolución impugnada fue notificada con fecha 14 de octubre de 2021, habiendo sido denunciada la amparada mediante informe policial N° 742 de fecha 13 de agosto de 2021. Que se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante este arbitrio, la amparada persigue se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 4477 de 29 de septiembre de 2021, que decretó su expulsión del territorio nacional por ingreso clandestino, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 69 del Decreto Ley N° 1094, 146 y 158 del Reglamento de Extranjería, argumentado que quiere legalizarse en Chile para poder trabajar legal y poder optar a un mejor futuro para sus hijos, tener una mejor vida para ellos, quiere apegarse a las leyes de este país. Segundo: Que, en consecuencia, en el presente caso, la autoridad administrativa ha obrado dentro del límite de sus atribuciones, con estricto apego a las normas ya citadas del Decreto Ley N° 1.094 de Extranjería, por lo que el acto reclamado se encuentra debidamente fundado. Tercero: Que, el hecho de haberse desistido de la acción penal, no constituye un obstáculo para ejercer las atribuciones administrativas que el mencionado Decreto Ley establece, toda vez que el único efecto procesal de aquello es que se extingue la acción penal y por consiguiente no procede continuar con la persecución criminal. Cuarto: Que, además, corresponde tener presente que la propia recurrente ha reconocido el ingreso clandestino a nuestro país, manteniendo residencia en la comuna según da cuenta el certificado de residencia.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor de Gaudy del Carmen Berrios Pulido en contra de la DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL DE VALPARAÍSO y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 4.477, de fecha 29 de septiembre de 2021, que decretó su expulsión del territorio nacional, y la medida de control de firma ante la autoridad, si la hubiere. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2434-2021. No firma el Ministro Sr. Jaime Arancibia Pinto, no obstante concurrir a la vista y a la resolución, por imposibilidad técnica.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO: Que doña Gaudy del Carmen Berrios Pulido, 26.300.901, venezolana, domiciliada en Calle Manuel Montt N° 447, Cerro Placeres, Valparaíso, recurre de amparo en contra de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso y la Policía de Investigaciones de Chile, porque ilegalmente, a través de la Resolución Exenta N° 447
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