TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CURICO

M.P. C/ LUIS ITALO ALVAREZ RIVAS

Rol

Fecha

12 de noviembre de 2021

Materia

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RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: que, el abogado don Julio Herrera Rosales por el imputado Luís ítalo Álvarez Rivas interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 24 de agosto de 2021 dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Curicó, por la cual se condenó a su representado a las siguientes penas: a) 6 años de presidio mayor en su grado mínimo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena como autor del delito de robo con violencia en grado de desarrollo consumado cometido en contra de Marcelo Rojas Zamora el día 5 de mayo de 2020 en Curicó; b) 6 años de presidio mayor en su grado mínimo, a las accesorias de habilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena como autor del delito de robo con violencia en grado de desarrollo consumado cometido en contra de Cristian Palacios Calderón el día 8 de junio de 2020 en Curicó, y c) 541 días de presidio menor en su grado medio, a las accesorias de suspensión de cargos y oficios públicos durante la condena, como autor de delito de tenencia ilegal de municiones en grado de desarrollo consumado perpetrado el día 11 de agosto de 2020 en Curicó. Se decreta el comiso de 3 municiones calibre 38 percutidas. En la misma sentencia se exime al sentenciado del pago de las costas y por no reunir los requisitos para ello no se sustituye la condena por lo que deberá cumplir íntegramente las penas privativas impuestas sirviendo de abono los 378 días que ha estado privado de su libertad con ocasión de esta causa desde el 11 de agosto de 2020 a la fecha de esta sentencia. SEGUNDO: Como causales del recurso, el recurrente indica en primer término la causal del artículo 373 letra B en relación con el artículo 385 inciso primero del Código Procesal Penal. Refiere respecto de la causal que el

Fallo

fallo ha calificado como delito un hecho que la ley no considera como tal conforme al artículo 385 del Código Procesal Penal por lo que su parte solicita la nulidad del fallo y solicita se dicte sentencia de reemplazo absolutoria del delito de tenencia de municiones basada en el artículo 373 letra B) del mismo Código, atendido que en la sentencia se ha hecho una errónea aplicación del derecho que ha influido sustancialmente en los dispositivos del fallo puesto que en el considerando 11° determina que su representado incurrió en delito de tenencia de municiones por presuntamente haber sido encontrado 3 balas en su domicilio, el que comparte con su mujer y sus 3 hijos ,a pesar de que él se encontraba fuera del mismo y fuera acusado de violar precisamente el artículo 318 del Código Penal que implica no estar el domicilio. Lo más grave es que la Fiscalía no acompañó la cadena de custodia ni las municiones presuntas. Afirmándose en la libertad probatoria y sin fundamentarse en el artículo 297 el tribunal señala que podría suplirse tal elemento esencial con el peritaje balístico y con testigos de que estas personas vivían allí, lo que se desprende del considerando 11° el que transcribe de manera íntegra Refiere que es grave, vicia la sentencia y la existencia del delito de tenencia puesto que liberar de la labor de realizar cadenas de custodia tanto a la policía como al Ministerio Público significaría retroceder a la edad de piedra en materia penal y criminalística, pues ello dete

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Talca, doce de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: que, el abogado don Julio Herrera Rosales por el imputado Luís ítalo Álvarez Rivas interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 24 de agosto de 2021 dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Curicó, por la cual se condenó a su representado a las siguientes penas: a) 6 años de presidio may

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