16º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BAEZA/ROUBIK

Rol

Fecha

12 de noviembre de 2021

Materia

CUENTAS, PROCEDIMIENTO ART.680 Nº8 C.P.C.

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido el veintisiete de septiembre del año en curso, en contra de la resolución de treinta y uno de agosto del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-9937-2021.

Fallo

Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido el veintisiete de septiembre del año en curso, en contra de la resolución de treinta y uno de agosto del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-9937-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de noviembre de dos mil veintiuno. (dia) Al folio N°3: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone

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