SIN INFORMACION

MAYERLIN NOGUERA BARRIOS / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA DE CHILE

Rol

Fecha

10 de noviembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra en favor de Mayerlin Vanessa Noguera Barrios, empleada, de nacionalidad venezolana, ambos domiciliados para estos efectos en Frankfot N° 5071, comuna San Miguel, para recurrir de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública representado legalmente por don Álvaro Bellolio Avaria, ambos con domicilio en Matucana Nº1223, Santiago, por la omisión de pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva, presentada el treinta de mayo de dos mil veinte, vulnerando con ello el derecho consagrado en el artículo 19 Nº2 de la Constitución Política de La República. Indica que la persona por quien recurre, de nacionalidad venezolana, ingresó al país en calidad de turista, posteriormente cambió su estatus a una visa temporaria y solicitó el beneficio de permanencia definitiva, sin embargo, a la fecha no ha recibido ninguna respuesta por parte de la recurrida, ni se ha liberado la orden de giro correspondiente, lo que la mantiene en una situación permanente de preocupación e incertidumbre. Expresa que la omisión arbitraria e ilegal por parte de la recurrida se refleja en el excesivo tiempo de tramitación para dar respuesta a la solicitud de que se trata, habiendo transcurrido hasta la fecha de interposición del recurso un año, tres meses y trece días, lo cual afecta los derechos constitucionales de la actora, concretamente el derecho a la igualdad ante la ley, al transgredirse el principio de celeridad que rige a los organismos de la Administración del Estado. Solicita que se ordene al Departamento de Extranjería y Migración que se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Segundo: Que evacúa informe la recurrida, exponiendo que la actora solicitó permiso de permanencia definitiva y que contra la presentación de su solicitud se emitió

Fundamentos

considerando además que su situación migratoria, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 135 y 157 N° 5 del Reglamento respectivo, y según lo informado por la recurrida, es regular en nuestro país, no se constata la existencia de ilegalidad o arbitrariedad alguna en el actuar de la autoridad recurrida, lo que impide que la presente acción constitucional pueda prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Mayerlin Vanessa Noguera Barrios en contra del Departamento de Extranjería y Migración. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°5302-2021-Protección. Pronunciada por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las Ministras Sra. Ma. Carolina Catepillán Lobos, Sra. Liliana Mera Muñoz y Sra. Catalina González Torres.

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció y alegó en la Quinta Sala, contra el recurso de protección la Postulante de la Corporación de Asistencia Judicial Sra. Alejandra Vargas. San Miguel, 10 de noviembre de 2021. Alejandra Soto Nilo, relatora. San Miguel, diez de noviembre de dos mil veintiuno. A los escritos folio N° 80.027 y 80.036: A lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Vistos y

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica