HUENUHUEQUE/CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA
Rol
Fecha
9 de noviembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que interpone recurso de protección don Héctor Patricio Huenuhueque Gallegos, en contra de don Jorge Bermúdez Soto, abogado, Contralor General de la República, y don Diego Ignacio Cartes Saavedra, Jefe de Departamento (s) del Departamento de Previsión Social y Personal de la Contraloría General de la República, solicitando que esta Corte “lo acoja en todas y cada una de sus partes, declarando ilegal y arbitrario el informe en relación al contenido de los
Fundamentos
considerandos que permito concluir que la desvinculación se ajustó a derecho, por vulnerar el análisis normas básicas de debido proceso”, estimándose vulneradas las garantías que indica. Por su parte, informa don Diego Cartes Saavedra en su calidad de Jefe Subrogante del Departamento de Previsión Social y Personal de la Contraloría General de la República, que, actuando por orden del Contralor, dictó con fecha 18 de noviembre de 2020, acto administrativo, Ref 194.564/19, que determinó el retiro absoluto su calidad de ex funcionario del Ejército de Chile por la causal de enfermedad, se ajustó a derecho. Asimismo, alegó la extemporaneidad del recurso dada la fecha en que el acto fue notificado. Por último, sostiene que la autoridad recurrida actuó dentro de la esfera de su competencia y conforme a las facultades legales que le fueron conferidas por nuestro ordenamiento jurídico, razones por las cuales solicitó el rechazo del presente arbitrio constitucional. Considerando: Primero: Como reiteradamente se sostiene el Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de Chile, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio, resultando, entonces, requisito indispensable de la acción, un acto u omisión ilegal -esto es, contrario a la ley, según el concepto contenido en el artículo 1º del Código Civil- o arbitrario- producto del mero capricho de quien incurre en él- y que provoque algunas de las situaciones o efectos que se han indicado, afectando a una o más de las garantías protegidas. Segundo: Que no existe discusión que el acto recurrido correspondió al acto administrativo “Ref 194564/19, de fecha 18 de noviembre de 2020”. Además, conforme al tenor literal del recurso no existe claridad respecto de cuál sería el acto recurrido, lo anterior por cuanto se solicita a esta Corte que, "lo acoja en todas y cada una de sus partes, declarando ilegal y arbitrario el informe en relación al contenido de los considerandos que permito concluir que la desvinculación se ajustó a derecho, por vulnerar en el análisis normas básicas de debido proceso". En este sentido, no existe claridad entre lo enunciado al comienzo del recurso como acto recurrido y la parte petitoria. En concreto, señala el recurso en la parte enunciativa que “Vengo a interponer acción de protección en contra de don Jorge Bermudez Soto (...) Contralor General de la Republica (...) y don Diego Ignacio Cartes Saavedra (...) Jefe de Departamento (s) del Departamento de Previsión Social y Personal de la Contraloría General de la Republica (...) En efecto SS. Ilustrísima el Sr. Diego Cartes Saavedra en su calidad de Jefe Subrogante del Departamento de Previsió
Fallo
Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, la acción constitucional interpuesta a favor de Héctor Patricio Huenuhueque Gallegos en contra de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección – 96578-2020 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz, conformada por la Ministra señora Verónica Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Cristián Lepin Molina.
Texto Completo (Preview)
Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Que interpone recurso de protección don Héctor Patricio Huenuhueque Gallegos, en contra de don Jorge Bermúdez Soto, abogado, Contralor General de la República, y don Diego Ignacio Cartes Saavedra, Jefe de Departamento (s) del Departamento de Previsión Social y Personal de la Contraloría General de la República, solicita
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