VASQUEZ CARREÑO JULIO /COMISION LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
9 de noviembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Elgor Loram Aguirre Ornani, cédula de identidad N° 8.301.612-4, abogado, domicilio en Av. Pedro Montt N° 1.681, comuna de Santiago, quien deduce acción constitucional de amparo a favor de Julio Emanuel Vásquez Carreño, cédula de identidad N° 18.185.787-0, actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haberle denegado la concesión del beneficio en cuestión, pese a que cumple todos los requisitos previstos en el Decreto Ley N° 321. Expone que su representado cumple una condena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio por el delito de robo con intimidación y postuló al beneficio de la libertad condicional cumpliendo todos los requisitos para ello, por lo que la decisión de la recurrida es injustificada. Pide se adopten las providencias y resoluciones necesarias para que se ordene su inmediata libertad y se disponga lo pertinente para hacer procedente su libertad condicional. Segundo: Que mediante presentación de 25 de octubre del año en curso, evacua informe doña Oiga Alarcón Bustamante, en su calidad de Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que el amparado fue postulado por el Tribunal de Conducta del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y, por unanimidad, se rechazó la concesión del beneficio de que se trata, atendido que, si bien cumple los requisitos de tiempo mínimo y conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres, el informe de postulación psicosocial da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. En efecto, expresa que entre los documentos analizados, es posible advertir que el postulante es un interno de alto compromiso delictual y alto nivel de riesgo de reincidencia, presentando necesidades de intervención muy altas en área educación/empleo, altas en áreas de uso del tiempo libre, y actit
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, tienen relación con que, es un interno de alto compromiso delictual y alto nivel de riesgo de reincidencia, presentando necesidades de intervención muy altas en área educación/empleo, altas en áreas de uso del tiempo libre, y actitud/orientación procriminal, y necesidades medias en áreas pares, consumo de alcohol y drogas, y patrón antisocial. En relación al delito cometido, se observa la presencia de tendencias a favor del delito, sustentando cogniciones antisociales que justifican su actuar. Reconoce de manera parcial los delitos por los cuales cumple condena, tendiendo a minimizar su proceder y los factores de riesgo que lo vinculan a estas situaciones, sin lograr identificar el daño hacia las víctimas de estos ilícitos. Presenta una insuficiente conciencia del delito y de daño causado. Evidencia, además, una actitud desfavorable hacia la condena, considerándola desproporcionada. Si bien elabora un discurso positivo hacia instituciones laborales y educacionales, aún no se aprecia una verdadera identificación y valoración de éstas. Séptimo: Que del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en ésta se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido sus facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. Octavo: Que de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo constitucional deducido en favor de Julio Emanuel Vásquez Carreño, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Zepeda, quien estuvo por acoger el presente recurso y otorgar al amparado el beneficio de la libertad condicional, teniendo para ello presente: 1° Que el artículo 2° del Decreto Ley N° 321 establece la libertad condicional como un beneficio de todo individuo condenado, siempre que se reúnan los requisitos que la misma norma señala. 2° Que, en efecto, se acredita con el Informe Pericial Psicosocial acompañado al proceso, avances para la reintegración, por cuanto se da cuenta de que el amparado cuenta con arraigo social y familiar, logrando una estructura organizacional y afectiva adecuada para el cumplimiento de requisitos y exigencias para mantenerse en el medio libre, sin ser un peligro para la seguridad de la sociedad. Por lo tanto, los aspectos desfavorables del informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile aparecen contradictorios, considerando además la buena conducta demostrada en los bimestres anteriores a la fecha de la postulación, por lo que a juicio del disidente, cumpliendo además el amparado con el requisito objetivo de tiempo mínimo, la no concesión del beneficio de libertad condicional se torna
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintiuno. Proveyendo al folio N° 6: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Elgor Loram Aguirre Ornani, cédula de identidad N° 8.301.612-4, abogado, domicilio en Av. Pedro Montt N° 1.681, comuna de Santiago, quien deduce acción constitucional de amparo a favor de Julio Emanuel Vásquez Carreño, cédula de id
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica