ROBLES VARGAS MARIO IGNACIO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
9 de noviembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurrió de amparo constitucional Jared Belén Jollares Robles, abogado, en favor de los intereses de Mario Ignacio Robles Vargas, interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional -correspondiente al segundo semestre del año 2021- sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Indicó que la decisión de la Comisión no se ajustó a derecho, por cuanto el amparado, si bien se encuentra cumpliendo una condena de 5 años y 1 día y 3 años y 1 día de presidio, por los delitos de porte ilegal de arma de fuego y tráfico ilícito de drogas, cumple a cabalidad con todos los requisitos objetivos exigidos por el artículo 2º del Decreto Ley Nº 321. Del mismo modo, postuló la ilegalidad en el obrar de la recurrida toda vez que se rechazó el beneficio de libertad condicional sin considerar los avances que el amparado ha vivenciado en el penal. Además, en cuanto a la resolución de rechazo, indica que tiene una inadecuada fundamentación al no advertir las situaciones positivas del amparado. Previas citas legales, constitucionales y de tratados internacionales, solicitó que se acoja el recurso adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y disponer que se deje sin efecto la resolución recurrida, decretando en su lugar que se le conceda el beneficio de libertad condicional solicitado. SEGUNDO: Que, informando doña Olga Alarcón Bustamante, Secretaría de la Comisión de Libertad Condicional, señala que, por resolución de 15 de octubre de los corrientes, se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que. si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería que, en lo pertinente, avizora que el amparado tiene factores de riesgo y de reincidencia que, precisamente, desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. Puntualizó que la resolución de rechazo señaló: “En efecto, se trata de un interno con un riesgo de reincidencia alto, con necesidades de intervención en las áreas de educación y empleo, uso del tiempo libre, pares, actitud procriminal y patrón antisocial. Si bien tiene conciencia del mal causado y las consecuencias de sus actos, con capacidad de empatizar con la víctima, expresa una distorsión cognitiva en su relato, justificando su accionar delictivo en ayudar a otros. Cuenta con pocas herramientas para producir cambios en su estilo de vida disfuncional, con tendencia a favor del delito y una red de apoyo precaria. Por lo anterior presenta un alto riesgo d
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Mario Ignacio Robles Vargas en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Acordado con el voto en contra de la ministra Andrea Díaz-Muñoz Bagolini, quien estuvo por acoger el recurso considerando que el condenado presenta avances laborales, educacionales y además presenta una red de apoyo en el medio libre, que es su pareja por más de ocho años, sin antecedentes penales, considerando además que presenta adecuada conciencia del delito, aspectos favorables que serían significativos en el proceso de reinserción social. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4246-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintiuno. Al folio N° 6: a todo, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurrió de amparo constitucional Jared Belén Jollares Robles, abogado, en favor de los intereses de Mario Ignacio Robles Vargas, interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de
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