MOLINE/PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE SAN BERNARDO
Rol
Fecha
8 de noviembre de 2021
Materia
OTROS ORDINARIOS
Resultado
ACOGIDO FALSO RECURSO DE HECHO
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º Que ha comparecido doña María Gail Moline Moore, abogado por la demandante, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el veintisiete de octubre recién pasado, en los autos Rol C-1556-2021 seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, mediante la cual se concedió la apelación deducida por ella en contra de la sentencia definitiva, en el solo efecto devolutivo, aun cuando se trata de un procedimiento ordinario. Pide se acoja este recurso y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 194, 195 y 200 del Código de Procedimiento Civil, se admita la apelación en ambos efectos. 2º Que el artículo 194 del Código de Procedimiento Civil, contiene el catálogo de resoluciones respecto de las cuales al ser apeladas, tal recurso de instancia debe ser concedido en el solo efecto devolutivo; en tal listado no se incluye la sentencia definitiva que se dicte en procedimiento ordinario y por ello, cobra aplicación lo dispuesto en el artículo 195 del mismo cuerpo legal, por el cual fuera de los casos determinados en el artículo anterior, la apelación deberá ser otorgarse en ambos efectos. Así las cosas, y porque lo apelado en los autos que ingresaron a esta Corte con el Rol N°1191-2021 CIV, es la sentencia definitiva dictada en procedimiento ordinario de menor cuantía, debe ser acogido el recurso de hecho y disponer la concesión del recurso de instancia en ambos efectos. Por estas consideraciones, las normas legales precitadas, se acoge el recurso de hecho y se declara que la apelación deducida por la apoderado demandante el día treinta de septiembre del año en curso en los autos Rol C-1556-2021 seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, se concede en ambos efectos, debiendo en consecuencia la Sra. Juez a quo, abstenerse de continuar con su prosecución conforme se dispone en el artículo 191 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia de la presente resolución en la causa en que incide el pres
Fallo
Por estas consideraciones, las normas legales precitadas, se acoge el recurso de hecho y se declara que la apelación deducida por la apoderado demandante el día treinta de septiembre del año en curso en los autos Rol C-1556-2021 seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, se concede en ambos efectos, debiendo en consecuencia la Sra. Juez a quo, abstenerse de continuar con su prosecución conforme se dispone en el artículo 191 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia de la presente resolución en la causa en que incide el presente recurso y cuyo ingreso es ROL N°1191-2021 CIV. Comuníquese esta resolución al Tribunal de primera instancia, por la Sra. Secretaria de esta Corte. Rol N°1199-2021 CIV (HECHO)
Texto Completo (Preview)
CH(kce) San Miguel, ocho de noviembre de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: 1º Que ha comparecido doña María Gail Moline Moore, abogado por la demandante, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el veintisiete de octubre recién pasado, en los autos Rol C-1556-2021 seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, mediante la cual se concedió la apela
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