2º JUZGADO DE LETRAS DE LOS ANDES

AHUMADA / VERA

Rol

Fecha

8 de noviembre de 2021

Materia

SIMULACIÓN, ACCIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y visto además lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de catorce de octubre de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de Los Andes, en los autos C-1711-2020. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. José Luis Alliende Leiva, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, por estimar que, en la especie, no es aplicable el artículo 6° de la Ley N°21.226, por cuanto dicha norma se refiere a los términos probatorios que habían comenzado a regir a la fecha de entrada en vigor de dicha normativa, o bien, que hubiesen comenzado a regir durante la vigencia de la misma, lo que en este caso no sucedió, por cuanto la resolución que recibió la causa a prueba, dictada el veintinueve de marzo de dos mil veintiuno, no fue notificada legalmente a las partes, gestión necesaria para aquello, atendido lo cual, sí trascurrieron más de 6 meses de inacción de la parte demandante, por lo que el incidente de abandono de procedimiento debió ser acogido. Devuélvase. N°Civil-1500-2021.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y visto además lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de catorce de octubre de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de Los Andes, en los autos C-1711-2020. Acordada con el voto en contra del A

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