SIN INFORMACION

MAURICIO ANDRES TORRES BRAVO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL SAN MIGUEL

Rol

Fecha

8 de noviembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el defensor penal público penitenciario, Rodolfo Robles Pino, recurre de amparo en favor del condenado Mauricio Andrés Torres Bravo en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional que rechazó el beneficio de libertad condicional, para que, como medida para restablecer el imperio del derecho, se deje sin efecto dicha resolución y se decrete que se le concede el mentado beneficio. Sostiene que Torres Bravo actualmente tiene 27 años de edad y cumple tres condenas, a saber, una condena de 541 días de presidio menor en su grado medio, decretada por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago por el delito de receptación perpetrado el 8 de julio de 2013; una condena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar perpetrado el 15 de mayo de 2018; y una condena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de robo en lugar habitado perpetrado el 07 de agosto de 2018, ambas impuestas por el Juzgado de Garantía de San Bernardo. Agrega que comenzó el cumplimiento de las condenas el 7 de agosto de 2018 y que cuenta con un abono por 393 días, estimándose como fecha de término el 5 de marzo de 2022. Indica que a raíz de sus calificaciones de conducta fue incorporado en el proceso de libertad condicional a pesar de lo cual la Comisión de Libertad Condicional rechazó la concesión de dicho beneficio mediante resolución de 15 de octubre de 2021 por estimar que no cumple con los requisitos legales para su otorgamiento, la que califica de arbitraria e ilegal. Agrega que los requisitos establecidos en el artículo 2 del Decreto Ley 321 para la concesión de la libertad condicional se refieren al cumplimiento del tiempo mínimo, que en el caso de su representado se cumplió el 17 de agosto de 2020; contar con una conducta intachable, lo cual se verifica por cuanto Torres Bravo registra calificación de "muy buena" conducta en los últimos cuatro bime

Fallo

Por estas razones, el interno no satisface lo preceptuado en el artículo 2 N° 3 del DL 321”. Cuarto: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega su inciso tercero que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Quinto: Que el artículo 2 del D.L. N° 321 prescribe que toda persona condenada a una pena privativa de libertad de más de un año de duración podrá postular al beneficio de libertad condicional, siempre que cumpla con los siguientes requisitos, a saber: 1) Haber cumplido la mitad de la condena que se le impuso por sentencia definitiva, o los tiempos establecidos en los artículos 3º, 3° bis y 3° ter; 2) Haber observado conducta intachable durante el cumplimiento de la condena, siendo calificado con esta conducta la persona condenada que tenga nota "muy buena" en los cuatro bimestres anteriores a su postulación, salvo que la condena no exceda los 541 días, caso en el cual

Texto Completo (Preview)

Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso el abogado don Rodolfo Robles Pino. San Miguel, 8 de noviembre de 2021. Nicole Kemp Gomila, relatora. San Miguel, ocho de noviembre de dos mil veintiuno. Al escrito folio N° 79359: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el defensor penal público penitenciario, Rodolfo Robles Pino, recurre de amparo en favor d

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