SIN INFORMACION

COSTAGUTA/ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A.

Rol

Fecha

8 de noviembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Que se deduce recurso de protección en favor de Angela Pamela Costaguta Olguín, y en contra de la Isapre Nueva Masvida S.A., entidad que habría vulnerado sus garantías constitucionales previstas en los numerales 2, 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, al multiplicar el precio base de su plan de salud por un factor de riesgo que se encuentra contemplado en una norma que fue derogada por el Tribunal Constitucional mediante sentencia de 06 de agosto del año 2010, dictada en causa Rol N° 1710 – 2010. Pide se acoja el arbitrio declarando que la Isapre no debe cobrar un precio excesivo y discriminatorio por el plan de salud de la parte recurrente, es decir, para la determinación del precio, la Isapre deberá abstenerse de multiplicar el precio base del plan por el factor de riesgo, ya que éste ha sido obtenido de manera arbitraria e ilegal; ordenar la devolución del dinero pagado en exceso por la diferencia de 1.55 UF mensuales desde que la recurrente suscribió el contrato de salud hasta la rebaja efectiva de su cotización de salud, o la suma que se determine, que se condene en costas a la recurrida. Que la recurrida la Isapre Nueva Masvida S.A. informó que la parte recurrente, era afiliada vigente de Nueva Masvida, a partir del 1 de mayo del año 2017, adscrita(o) al plan de salud complementario denominado PLHCV02. Con anterioridad, específicamente con fecha 22 de diciembre de 2014, suscribió contrato de salud con la ex Isapre Masvida S.A., según consta FUN N°4472703, con tipo de notificación N°1. Es del caso mencionar que, en aquella época, la parte recurrente transitaba en la tabla de factores en el tramo de edad de “30 a menos de 35 años”, aplicando el factor etario correspondiente a 2.80. Finalmente, al producirse la transferencia de cartera en los términos del DFL N°1, de Salud del año 2005, autorizada por la Superintendencia de Salud, mediante Resolución Exenta IF N°/105 de 26 de abril de 2017, la parte recurrente pasó de ser

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que, del mérito de los antecedentes, se colige que la recurrente ya no es titular del contrato de salud que mantenía con la Isapre recurrida, lo que se materializó el 27 de agosto de 2021, motivo por el cual, al cesar la relación contractual entre las partes, no es posible establecer una vulneración a las garantías fundamentales reclamadas, por cuanto ya no existe acto procesal que enmendar por esta vía procesal, razón por la que este arbitrio será rechazado como se dirá a continuación.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Angela Pamela Costaguta Olguín, y en contra de Isapre Nueva Masvida. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-37907-2021. En Valparaíso, ocho de noviembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO: Que se deduce recurso de protección en favor de Angela Pamela Costaguta Olguín, y en contra de la Isapre Nueva Masvida S.A., entidad que habría vulnerado sus garantías constitucionales previstas en los numerales 2, 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, al multiplicar el precio base de su pla

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