SIN INFORMACION

GONZÁLEZ/ARAYA

Rol

Fecha

5 de noviembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA C/COSTAS

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que doña Yasna Del Carmen Cancino Rosson, abogada, domiciliada en O’Higgins 170 de Linares, en favor de Abraham Aravena Retamal, domiciliado en Las Obras sin número, Sector La Colonia, lado B, Linares, transportista y fabricante de ladrillos; Francisco Retamal Fuentealba, Las Obras sin número, Sector La Colonia Lado b, Linares, transportista y fabricante de ladrillos; Alonso Aravena Retamal, domiciliado en Las Obras, sin número, Sector La Colonia Lado b, Linares, taxista, Rigoberto Aravena Retamal, domiciliado en Las Obras, sin número, Sector La Colonia, lado b, Linares, mecánico; Álvaro González Pérez, domiciliado en Las Obras, sin número, Sector La Colonia, lado b, de Linares, fabricante de ladrillos; Rosendo de las Rosas González Retamal, domiciliado en Las Obras, sin número, Sector La Colonia, lado b, jubilado; Mauricio Muñoz Jaque, domiciliado en Las Obras, sin número, Sector La Colonia, lado b, de la comuna de Linares, jubilado, interpusieron Recurso de Protección en contra de doña Laura Rosa Araya Espinoza, domiciliado en Las Obras, Sector La Colonia, sin número, de Linares, comerciante, quien han ejecutado actos ilegales y arbitrarios que privan, perturban y amenazan los derechos fundamentales de sus representados. El 21 de mayo del año en curso, la recurrida corrió los deslindes norte y poniente de su predio, ocupando y extendiéndose sobre una franja del camino de acceso (o camino vecinal) existente en el lugar. Construyó una zanja e inició la construcción de los cimientos para levantar un muro de hormigón, fierro y ladrillos. Tales acciones han afectado el camino de acceso, que impide el normal tránsito de vehículos de mediana y gran envergadura, que desde siempre han circulado desde y hacia los domicilios de los recurrentes. Los trabajos denunciados se encuentran en plena ejecución, no obstante, lo anterior ya se ha perturbado el acceso de sus representados a sus respectivos domicilios y lugares de trabajo. Tales actos, resultan ilegales y arbitrarios, privan, perturban y amenazan nuestro derecho Fundamental de Propiedad, consagrado en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República. I. En cuanto al acto recurrido, sus representados, vecinos del sector La Colonia, tienen acceso a sus predios, por el costado norte y poniente del predio de la recurrida, doña Laura Araya Espinoza, donde se emplaza un camino vecinal, que se ha mantenido inalterable por a lo menos 40 años, con un ancho de 6 metros. El 21 de mayo pasado, los vecinos del sector se percataron de la presencia de maquinaria realizando una zanja en el camino vecinal, en parte del costado norte y poniente del deslinde del predio de la recurrida. Producto de los trabajos que se encontraba realizando, la recurrida extendió su deslinde norte y poniente hacia el camino existente, reduciendo de forma considerable su ancho, a lo menos en unos 2 metros, pasando de tener 6 metros de ancho a no más de 4 metros. La situación es más grave si se conside

Fallo

fallo del recurso de protección, SE ACOGE, con costas, el recurso de protección deducido por don Abraham Aravena Retamal, Francisco Retamal Fuentealba, Alonso Aravena Retamal, Rigoberto Aravena Retamal, Álvaro González Pérez, Rosendo de las Rosas González Retamal, Mauricio Muñoz Jaque en contra de Laura Rosa Araya Espinoza, disponiéndose las medidas siguientes: 1.- El cese inmediato de las obras en el deslinde de su predio con el camino vecinal. 2.- Se ordena restablecer las cosas al estado anterior a los hechos denunciados, reponiendo los deslindes anteriores a su modificación, esto es, al 21 de mayo de 2.021, debiendo en su caso, demoler lo actualmente construido, a costa de la recurrida. Se le otorga a la recurrida el plazo de treinta días siguientes después que quede ejecutoriada esta sentencia. No se autoriza a los recurrentes para para hacer las modificaciones para reponer las cosas al estado anterior a la alteración del camino vecinal. Redacción del ministro Carillo González. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol I. C. 1392-2021/Protección. Se deja constancia que pese haber concurrido a la vista de la causa, no firma el Ministro don Carlos Carrillo González por encontrarse con feriado legal, ni el Abogado don Leonardo Mazzei Parodi por encontrarse ausente. 17

Texto Completo (Preview)

Recurso de Protección Rol I. C. 1392-2021. “Abraham Aravena Retamal, Francisco Retamal Fuentealba, Alonso Aravena Retamal, Rigoberto Aravena Retamal, Álvaro González Pérez, Rosendo de las Rosas González Retamal, Mauricio Muñoz Jaque, contra Laura Rosa Araya Espinoza” Talca, cinco de noviembre de dos mil veintiuno. Visto y considerando: Primero: Que doña Yasna Del Carmen Cancino Rosson, abogada, do

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