1º JUZGADO DE LETRAS DE PUERTO VARAS

DE FERRARI/SOCIEDAD FIBRA KRBON & SERVICIOS SPA

Rol

Fecha

5 de noviembre de 2021

Materia

SUBTERFUGIO

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1.- Que el presente recurso se interpone en contra de la resolución que acoge la excepción de prescripción de las acciones intentadas por el demandante, sobre unidad económica y subterfugio. 2.- Que las prestaciones que se reclaman tienen su origen en una modificación a contrato de Trabajo a plazo fijo, que indica: “El presente contrato tendrá una duración hasta el 30 de noviembre de 2017”, por lo que corresponde a esa fecha el término de la relación laboral. 3.- Que, por lo anterior, el último mes en que el actor prestó servicios para Sociedad MV Construcciones Limitada fue el de noviembre de 2017, debiendo computarse el plazo de prescripción desde esa fecha para el ejercicio de acciones y hacer valer los derechos que consideraban le correspondía. 4.- Que, para la resolución de la controversia, el artículo 510 del Código del Trabajo establece que “Los derechos regidos por este Código prescribirán en el plazo de dos años contados desde la fecha en que se hicieron exigibles. En todo caso, las acciones provenientes de los actos y contratos a que se refiere este Código prescribirán en seis meses contados desde la terminación de los servicios”. 5.- Que la demanda tiene fecha de interposición el 28 de abril de 2021, por lo que a la luz de la disposición recién señalada el plazo para ejercer la acción intentada estaba vencido, tanto en relación a los dos años computados desde que se hicieron exigibles los derechos, y en mayor medida el de los seis meses contados de la terminación de los servicios, sin que conste interrupción de dichos plazos durante su vigencia. 6.- Que, respecto a la pertinencia de aplicar el artículo 507 inciso segundo del Código del Trabajo, en el sentido que las acciones puedan interponerse en cualquier momento, ello debe ser entendido en relación a los plazos de prescripción antes referidos, pues no puede dicha regla interpretarse extensivamente hacia la imprescriptibilidad de una acción, lo que atentaría contra el principio general exis

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, cinco de noviembre de dos mil veintiuno. - Vistos: 1.- Que el presente recurso se interpone en contra de la resolución que acoge la excepción de prescripción de las acciones intentadas por el demandante, sobre unidad económica y subterfugio. 2.- Que las prestaciones que se reclaman tienen su origen en una modificación a contrato de Trabajo a plazo fijo, que indica: “El presente cont

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