JOSE ELIAS HERRERA BAHAMONDES CON FUNDICION NAGUILAN LTDA. Y OTRA
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se ha elevado la presente causa RIT O-963-2021 del Juzgado del Trabajo de Concepción, caratulada “HERRERA/FUNDICION NAGUILAN LTDA y otros”, Rol N° 548-2021 LAB de esta Corte de Apelaciones, en apelación de resolución dictada con fecha 10 de septiembre de 2021, mediante la cual se hace lugar a la medida precautoria solicitada, sólo en cuanto se decreta la retención de la devolución de impuesto a la renta por parte de la TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, que le correspondiere percibir la demandada FUNDICION NAGUILAN LIMITADA Rut 78.272.210-7, representada por Héctor Enrique Aguayo Cisterna hasta por la suma de $50.000.000, negando lugar a a las demás medidas precautorias solicitadas. SEGUNDO: Que en contra de tal resolución apela el abogado don Francisco Javier Ananías Navarro, por la parte demandante, solicitando la enmienda de la resolución impugnada, en el sentido que se acceda a la integridad de las medidas cautelares pedidas, específicamente decretando respecto de FUNDICION NAGUILAN LIMITADA la retención de dineros desde la cuenta corriente N°0202854647 donde es titular, banco Itau, por la suma de $250.000.000, o la suma mayor o menor que se determine de conformidad al mérito de antecedentes y la legislación vigente, para que sean remitidos a la cuenta corriente del tribunal; respecto de AGUAYO HERMANOS Y CIA LTDA, la medida cautelar de retención de dineros desde la cuenta corriente N°1974074 donde es titular, Banco BCI, por la suma de $250.000.000 o la suma mayor o menor que se determine, para que sean remitidos a la cuenta corriente del tribunal; y respecto de AGHER SPA, la medida cautelar de retención de dineros desde la cuenta corriente N° 209280556 donde es titular, Banco Itau, por la suma de $250.000.000 o la suma mayor o menor que se determine, igualmente para que sean remitidos a la cuenta corriente del tribunal de origen. TERCERO: Que la parte demandante fundamenta su solicitud en que el artículo 444 del Código del Trabajo permite hacer efectivos los derechos que sean reconocidos en una sentencia definitiva favorable a los intereses del trabajador, al facultar para decretar todas las medidas que se estimen necesarias para asegurar el resultado de la acción, así como para la protección de un derecho o la identificación de los obligados y la singularización de su patrimonio en términos suficientes para garantizar el monto de lo demandado. CUARTO: Que en relación a los argumentos de la apelante, la resolución impugnada accede parcialmente a la solicitud del actor fundada en que del mérito de los antecedentes del proceso se comprueba que con los documentos acompañados por el demandante se logra acreditar razonablemente el fundamento y la necesidad del derecho que se reclama y la existencia de motivos graves para llevar a efecto la medida solicitada, accediendo a la retención de devolución de impuesto a la renta que corresponde percibir a la demandada FUNDICION NAGUILAN LIMITADA Rut 78.272.210-7, representada p
Fallo
Por estas consideraciones, normas citadas y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se declara: Que SE CONFIRMA, en lo apelado, la resolución de 10 de septiembre de 2021, en cuanto accede a la medida cautelar de retención de devolución de impuesto a la renta respecto de la demandada FUNDICION NAGUILAN LIMITADA y no hace lugar a las demás medidas cautelares solicitadas. Devuélvase. Redacción del Ministro Gonzalo Rojas Monje. No firma la Fiscal Judicial señora María Francisca Durán Vergara, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse presidiendo la Junta Electoral. N°Laboral - Cobranza-548-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción rtp Concepción, tres de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se ha elevado la presente causa RIT O-963-2021 del Juzgado del Trabajo de Concepción, caratulada “HERRERA/FUNDICION NAGUILAN LTDA y otros”, Rol N° 548-2021 LAB de esta Corte de Apelaciones, en apelación de resolución dictada con fecha 10 de septiembre de 2021, mediante la cual se hace lu
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica