OJEDA/FISCO DE CHILE- CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO DE CHILE *
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2021
Materia
ART. 2 CT. SOBRE ACTOS DE DISCRIMINACIÓN
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de fecha diecinueve de abril del año dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° T-1292-2020, se rechazó la denuncia interpuesta por Álex Ojeda Argel en contra de Fisco de Chile y Policía de Investigaciones de Chile, sin costas. Contra este fallo la parte denunciante dedujo recurso de nulidad, por la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda parte del Código del Trabajo, el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes. Y
Fundamentos
considerando: Primero: Que la denunciante hace valer la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda parte del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Fundamenta la causal en que el tribunal vulneró la norma del artículo 493 del Código del Trabajo, por cuanto en el considerando noveno de la sentencia, se establece que no se ha probado la existencia de actos de discriminación en contra del denunciante. El
Fallo
fallo la parte denunciante dedujo recurso de nulidad, por la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda parte del Código del Trabajo, el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes. Y considerando: Primero: Que la denunciante hace valer la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda parte del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Fundamenta la causal en que el tribunal vulneró la norma del artículo 493 del Código del Trabajo, por cuanto en el considerando noveno de la sentencia, se establece que no se ha probado la existencia de actos de discriminación en contra del denunciante. El fallo exige al denunciante explicar la razón en la que se funda el trato desigual que alegó, lo que es muy poco lógico, pues es la denunciada quien debe dar explicaciones de su decisión de dar de baja al denunciante, en circunstancias que otros también estaban en lista 3 de calificación. Estima que la presente vía de nulidad es la única forma de subsanar el vicio alegado, solicitando que se acoja el recurso por la causal invocada y se anule el fallo, dictando sentencia de reemplazo que acoja la demanda de tutela laboral, condenando a la demandada a las prestaciones referidas en la demanda, con expresa condena en costas. Segundo: Que en primer lugar, cabe hacer presente que para que la causal alegada pueda prosperar, se debe producir u
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C.A. de Santiago Santiago, tres de noviembre de dos mil veintiuno. A los folios 12 y 13: a todo, téngase presente. Vistos: Por sentencia de fecha diecinueve de abril del año dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° T-1292-2020, se rechazó la denuncia interpuesta por Álex Ojeda Argel en contra de Fisco de Chile y Policía de Investiga
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