ALVARADO/PARIS
Rol
Fecha
29 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que del tenor del recurso deducido no se evidencia de la situacion particular expuesta por el recurrente, la existencia de alguno de los actos u omisiones a que se refiere la acción constitucional y por lo mismo –dada su generalidad- se desprende que el acto denunciado excede de las materias que son de conocimiento del recurso de protección, no siendo ésta la vía idónea para obtener la pretensión que indica en el petitorio de su presentación, por cuanto solicita dejar sin efecto el Decreto N° 39 de 15 de septiembre de 2021 y la Resolución Exenta N° 994, de 30 de septiembre de 2021, que establecen el denominado “cuarto plan paso a paso” y “pase de movilidad”, lo que corresponde a medidas adoptadas por la autoridad recurrida para hacer frente a la pandemia que aqueja al país y se enmarca en políticas públicas, no correspondiendo a los Tribunales de Justicia su determinación. Y conforme lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección. Al otrosí: Estese al mérito de lo resuelto en lo principal. Rol N°5642-2021 Prot.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección. Al otrosí: Estese al mérito de lo resuelto en lo principal. Rol N°5642-2021 Prot.
Texto Completo (Preview)
CH (kba) San Miguel, veintinueve de octubre de dos mil veintiuno. Resolviendo la presentación folio 77.719 de 28 de octubre del año en curso: Vistos y teniendo presente: Que del tenor del recurso deducido no se evidencia de la situacion particular expuesta por el recurrente, la existencia de alguno de los actos u omisiones a que se refiere la acción constitucional y por lo mismo –dada su generali
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