ELGUETA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
29 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Que se recurre de amparo en favor del sentenciado Yonathan Manuel Elgueta Madrid y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, porque ilegalmente rechazó otorgarle la libertad condicional. Solicita acoger este arbitrio, dejar sin efecto la correspondiente resolución y conceder el referido beneficio, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico. Expone que el amparado, de actuales 35 años de edad, cumple una condena de 3 años y 1 día por el delito de Robo con Intimidación, la que inició el día 5 de agosto de 2019 y la termina el 6 de agosto de 2022. Reclama que el nivel de conducta registrado por el interno durante su vida intrapenitenciaria, es muy buena, sin que haya variado hasta la fecha de postulación al beneficio de Libertad Condicional. Cumpliendo los requisitos legales y reglamentarios del DL 321 y
Fundamentos
considerando la nueva Ley 21.124 y su Reglamento es postulado por Gendarmería a la Libertad Condicional. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional rechazó su postulación por estimar que teniendo en consideración el informe de postulación psicosocial a que se refieren los artículos 12 y 14 del Decreto N° 338, no resulta favorable para un cumplimiento en libertad, dando cuenta que mantiene riesgo de reincidencia, sin conciencia del mal causado, falta de programa para ofensores sexuales y que tiene necesidades de intervención es posible concluir que no cumple con las exigencias establecidas en el Decreto Ley N° 321, lo que ha determinado que permanezca privado de su libertad ambulatoria en forma ilegal y arbitraria, toda vez que la reincidencia no impide que se le otorgue el beneficio ni tampoco su saldo de condena, ya que la exigencia legal son los 2/3 de la pena y que este ha cumplido satisfactoriamente. Hace presente que actualmente cuenta con salida dominical, por lo que no se cumple con la norma que exige que sea datos técnicos y contrastables de encontrarse en un proceso de reinserción social contando en la actualidad con actividades resocializadoras. Estima que el rechazo del beneficio se fundamenta en requisitos que exceden el marco regulatorio que le rige, conforme con los argumentos que explica. Que informando el Centro de Detención Preventiva de San Antonio, cumple con remitir los antecedentes que constan en la carpeta de postulación del interno. Que, por su parte, la Comisión de Libertad Condicional también evacuó su informe, remitiendo copia de la resolución que se impugna. Que, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Primero: Que, lo que se cuestiona por esta vía es la legalidad de la Resolución N° 1319 de 8 de octubre de 2021, emanada de la Comisión de Libertad Condicional, por medio de la cual la recurrida rechazó el beneficio de la libertad condicional al amparado, según el siguiente razonamiento: Que teniendo en consideración que el informe de postulación psicosocial a que se refieren los artículos 12 y 14 del Decreto N° 338, resulta desfavorable para un cumplimiento en libertad, pues da cuenta que el postulante si bien tiene riesgo de reincidencia medio, mantiene necesidades de intervención en las áreas que se indican, siendo posible concluir que el postulante no cumple con las exigencias establecidas en el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 321. Segundo: Que, lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional no es ilegal, pues se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio por el artículo 5° del Decreto Ley N° 321 de 1925, cuya redacción actual fue introducida por la Ley N° 21.124, publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de enero de 2019. Tercero: Que, por su parte, la decisión de la Comisión se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por la autoridad penitenciaria, institución que ha entregado a un experto la redacción del informe contemp
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Yonathan Manuel Elgueta Madrid, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2628-2021.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintinueve de octubre de dos mil veintiuno. VISTO: Que se recurre de amparo en favor del sentenciado Yonathan Manuel Elgueta Madrid y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, porque ilegalmente rechazó otorgarle la libertad condicional. Solicita acoger este arbitrio, dejar sin efecto la correspondiente resolución y conceder el referido ben
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