1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

LÓPEZ/LABORATORIO SAVAL S.A.

Rol

Fecha

29 de octubre de 2021

Materia

PRESTACIONES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de fecha catorce de abril del año dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O-4126-2020, por despido indirecto, cobro de prestaciones e indemnización por concepto de daño moral, sustanciados bajo las normas del procedimiento de aplicación general se acogió la demanda interpuesta por María Rebeca López Vásquez en contra de Laboratorios Saval S.A., con costas. Contra este fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, por la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda parte del Código del Trabajo, esto es, por infracción de ley que influyó sustancialmente en la parte dispositiva de la sentencia, el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes. Y

Fundamentos

considerando: Primero: El abogado, don Sergio Montes Larraín, que representa a la sociedad demandada, Laboratorios Saval S.A., como ya se dijo, ha cuestionado la sentencia pronunciada en estos antecedentes a través del recurso de nulidad, para lo cual hace valer la causal señalada en el artículo 477, inciso 1°, segunda parte del Código del Trabajo, consistente en que esta resolución se dictó con infracción de ley que influyó sustancialmente en su parte dispositiva. Segundo: La recurrente, en síntesis, en su escrito expone que la demandante se auto despidió, enviando una carta motivada en este sentido a su parte, donde narra hechos completamente diferentes a los que consideró el tribunal en la sentencia. Por la incongruencia antes dicha, sostiene que el

Fallo

fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, por la causal del artículo 477, inciso 1°, segunda parte del Código del Trabajo, esto es, por infracción de ley que influyó sustancialmente en la parte dispositiva de la sentencia, el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes. Y considerando: Primero: El abogado, don Sergio Montes Larraín, que representa a la sociedad demandada, Laboratorios Saval S.A., como ya se dijo, ha cuestionado la sentencia pronunciada en estos antecedentes a través del recurso de nulidad, para lo cual hace valer la causal señalada en el artículo 477, inciso 1°, segunda parte del Código del Trabajo, consistente en que esta resolución se dictó con infracción de ley que influyó sustancialmente en su parte dispositiva. Segundo: La recurrente, en síntesis, en su escrito expone que la demandante se auto despidió, enviando una carta motivada en este sentido a su parte, donde narra hechos completamente diferentes a los que consideró el tribunal en la sentencia. Por la incongruencia antes dicha, sostiene que el fallo infringe el artículo 162, en relación con los artículos 171 y 454 N° 1, inciso 2° del Código del Trabajo y, a la vez, estima que la presente vía recursiva es la única forma de subsanar el vicio alegado, solicitando que se invalide la sentencia, dictando una de reemplazo que rechace la acción de despido indirecto, en todas sus partes. Tercero: Para resolver el problema plante

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C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de octubre de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de fecha catorce de abril del año dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O-4126-2020, por despido indirecto, cobro de prestaciones e indemnización por concepto de daño moral, sustanciados bajo las normas del procedimiento de aplicación gene

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