SINDICATO DE TRABAJADORES DE EMPRESA BANCO SCOTIABANK Y EX BDD/SCOTIABANK-CHILE S.A.
Rol
Fecha
29 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo 4°, intitulado “Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos ejecutivos laborales” serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470, que señala “la parte ejecutada sólo podrá oponer… alguna de las siguientes excepciones: pago de la deuda, remisión, novación y transacción”, cuyo no es el caso, toda vez que el ejecutado ha opuesto excepciones diversas de aquellas recién anotadas, y se trata de reglas especiales del juicio ejecutivo de cobranza laboral, que priman por sobre aquellas que regulan los recursos admisibles durante el juicio declarativo seguido ante el juez de letras del trabajo, no pudiendo en consecuencia ser acogido a tramitación el presente recurso. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el ocho de octubre de dos mil veintiuno, en contra de la resolución dictada el día veinticuatro de agosto del mismo año. Regístrese y comuníquese, vía interconexión N° Laboral - Cobranza-3454-2021.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el ocho de octubre de dos mil veintiuno, en contra de la resolución dictada el día veinticuatro de agosto del mismo año. Regístrese y comuníquese, vía interconexión N° Laboral - Cobranza-3454-2021.
Texto Completo (Preview)
mplb C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de octubre de dos mil veintiuno. Al folio Nº 4; aténgase a lo que se resolverá a continuación. Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el párrafo 4°, intitulado “Del cumplimiento de la sentencia y de la ejecución de los títulos eje
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