BENÍTEZ/COMUNIDAD EDIFICIO MIRADOR EL LLANO
Rol
Fecha
27 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que del tenor del recurso deducido se desprende que el acto denunciado excede de las materias que son de conocimiento del recurso de protección, no siendo ésta la vía idónea para obtener la pretensión que indica en el petitorio de su presentación, por cuanto solicita se ordene a la recurrida el cambio de nombre en el pasaje adquirido o en su defecto el reembolso de lo pagado, lo que se enmarca en un relación de consumo entre proveedor y consumidor y una supuesta infracción a los derechos de este último, asunto que se encuentra entregado al conocimiento y resolución de los Juzgados de Policía Local por expresa disposición del inciso primero del artículo 50 A de la Ley 19.496. Por lo que conforme a lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Rol N°5612-2021 Prot.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Rol N°5612-2021 Prot.
Texto Completo (Preview)
CH (kba) San Miguel, veintisiete de octubre de dos mil veintiuno. Resolviendo la presentación folio 76.960 de 26 de octubre del año en curso: Vistos y teniendo presente: Que del tenor del recurso deducido se desprende que el acto denunciado excede de las materias que son de conocimiento del recurso de protección, no siendo ésta la vía idónea para obtener la pretensión que indica en el petitorio d
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