SIN INFORMACION

/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

27 de octubre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, Daniel Muñoz Moyano, interpone recurso de amparo a favor de Juan Aristides Cortez Cortez, quien cumple actualmente condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, con motivo de la dictación de la resolución que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. Indica que su representado cumple con todos los requisitos para optar a la libertad condicional, tiempo mínimo de condena, conducta intachable, haber aprendido un oficio, estudios, realización de talleres, sin embargo, la Comisión recurrida rechazó la solicitud sin fundamentación alguna. Que la ley no exige que el informe psicosocial del penado sea favorable atendido que este no sería vinculante para la Comisión. Finalmente solicita se restablezca el imperio del derecho, se decrete que se reconoce el derecho del amparado a cumplir bajo el régimen de libertad condicional. A folio 4, informa el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, acompañando los antecedentes del amparado. A folio 5, informa el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional Ministro (S) don Rodrigo Cortés Gutiérrez, acompañando los antecedentes tenidos a la vista para pronunciarse sobre la solicitud. Por resolución de fecha 26 de octubre de 2021 se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que por la vía del presente recurso de amparo se cuestiona la legalidad de la Resolución N° 1129-2021 / L.C. por medio de la cual la recurrida rechazó el beneficio de la libertad condicional al amparado, según el razonamiento contenido en la resolución, que refiere textualmente: “Que teniendo en consideración que el informe de postulación psicosocial a que se refieren los artículos 12 y 14 del Decreto N° 338, resulta desfavorable para un cumplimiento en libertad, pues da cuenta que el postulante tiene riesgo de reincidencia alto. No tiene conciencia del delito ni del mal causado, sin reportar logros en su plan de intervención, siendo posible concluir que el postulante no cumple con las exigencias establecidas en el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 321”. Segundo: Que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, no es ilegal pues se encuentra facultada por el artículo 5º del Decreto Ley 321, cuya redacción actual fue introducida por la Ley Nº 21.124 publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de enero de 2019. Tercero: Que, por su parte, la decisión de la Comisión recurrida se encuentra debidamente fundada en los antecedentes del amparado proporcionados por Gendarmería de Chile, institución que ha informado, conforme lo previsto en el artículo 4º del aludido Decreto Ley, que “el interno presenta un riesgo alto de reincidencia delictual con necesidades de intervención relacionada con asociación a pares infractores, falta de reconocimiento de víctimas y mal causado, normalizando la conducta y comportamiento antisocial y consumo de estupefacientes. Pese a que el interno termina su plan de intervención original, mismo que se realiza en intervención especializada de alto riesgo que solo se otorga a nivel intrapeninetnciario, mantiene áreas a continuar con tratamiento y otras a abordar de forma efectiva” Cuarto: Que, en tal sentido, la Comisión recurrida al obrar en el ámbito de su competencia y con antecedentes suficientes para denegar el beneficio impetrado, no ha incurrido en un actuar ilegal, lo que conduce a desestimar el presente recurso de amparo.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Juan Aristides Cortez Cortez en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2531-2021.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de octubre de dos mil veintiuno. Visto: A folio 1, Daniel Muñoz Moyano, interpone recurso de amparo a favor de Juan Aristides Cortez Cortez, quien cumple actualmente condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, con motivo de la dictación de la resolución que rechazó otorgar la l

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