VEGA/DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL DE TARAPACA
Rol
Fecha
26 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/COMUNICAR
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece don Jorge Ariel Vega Ramírez, abogado, quien deduce acción de amparo preventivo a favor de RONALD RAFAEL CHINCHILLA HERNANDEZ, Ingeniero electricista, soltero, cedula de identidad Venezolana N° 25159063 con domicilio en Avenida 10 oriente N° 436 loteo la campiña, Comuna de Maule y en contra de la INTENDENCIA REGIONAL DE TARAPACA, representada por el Intendente, don MIGUEL ANGEL QUEZADA TORRES, por haber dictado de manera ilegal y arbitraria la Resolución Exenta Nº 996/2021, de marzo de 2021, notificada al amparado el 12 de octubre pasado, en la ciudad de Talca, Región del Maule, la cual ordenan su expulsión del país, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 21° de la Constitución Política de la República, en relación con el artículo 19 Nº 7 letra a) de la Carta Fundamental, de acuerdo a las razones de hecho y de Derecho que expone. Señala que su representado ingresó clandestinamente a la Provincia de Tamarugal, en la Región de Tarapacá, el 21 de octubre de 2020, en búsqueda de una mejor situación social y económica que les permitiera tener una vida familiar más tranquila y estable, a diferencia de la que les correspondía vivir diariamente en Venezuela, su lugar de origen, donde existían, y continúan existiendo, altos niveles de violencia, desgobierno, delincuencia y carencias sanitarias y económicas, crisis por todos conocida, que les impedía desarrollarse con normalidad, sumado a esto es que su madre doña Dalia Ramona Hernández y su hermana doña Kimber Daily Chinchilla Hernández ya estaban viviendo en nuestro país, contando ambas con residencia definitiva. Así –añade- el bienestar laboral y social que vino a buscar a Chile prontamente, logrando insertarse en la comunidad a través de su trabajo, desempeñándose actualmente como colaborador en la panadería de propiedad de su madre y hermana, lo cual le ha permitido lograr una situación económica estable, pero austera, e ir construyendo, además, un arraigo
Texto Completo (Preview)
Talca, veintiséis de octubre de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece don Jorge Ariel Vega Ramírez, abogado, quien deduce acción de amparo preventivo a favor de RONALD RAFAEL CHINCHILLA HERNANDEZ, Ingeniero electricista, soltero, cedula de identidad Venezolana N° 25159063 con domicilio en Avenida 10 oriente N° 436 loteo la campiña, Comuna de Maule y en contra de la
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