2º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/BEROÍZA

Rol

Fecha

2 de noviembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTOS: Que atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Mario Espinosa Valderrama, en contra de la resolución de fecha veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno, cuyo texto consta en la carpeta digital, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución contra la cual se recurre. Devuélvase. N°Civil-828-2021. (sac)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Mario Espinosa Valderrama, en contra de la resolución de fecha veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno, cuyo texto consta en la carpeta digital, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución contra la cual se recurre. Devuélvase. N°Civil-828-2021. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dos de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS: Que atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Mario Espinosa Valderrama, en contra de la resolución de fecha veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno, cuyo texto

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