SIN INFORMACION

MUÑOZ/MAS

Rol

Fecha

25 de octubre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: 1°.- Que, comparece Yasna Lorena Muñoz Novoa, trabajadora social, cédula nacional de identidad 11.808.039-4, domiciliada en Benavente 550, oficina 306, Puerto Montt, quien recurre de protección en contra de Jorge Alfredo Mas Maragaño, cédula nacional de identidad 12.422.353-9, trabajador independiente, domiciliado en Avenida Jorge Hourton, número 2126. Expresa la recurrente que aproximadamente en el mes de marzo del año 2019, terminó una relación sentimental con el recurrido, haciendo presente que, desde el término de la relación hasta la fecha, se ha generado una situación de constante acoso, debido principalmente a la no aceptación del recurrido del proceso de separación, que ha llevado a la fecha una dinámica de actitudes violentas hacia su persona y familia más cercana, consistentes en actos de violencia psicológica, hostigamiento constante, conductas obsesivas, con claras intenciones de generar daño que amenazan su integridad, libertad personal y honra personal y profesional. Plantea que, debido a la situación descrita, se trasladó al domicilio de sus padres en la ciudad de Chillán, dejando su domicilio de Avenida Jorge Hourton 2126, de la ciudad y comuna de Puerto Montt. Expresa que, encontrándome en Chillán, en el mes de noviembre del año 2019, conseguió un empleo como reemplazo en la Corporación Llenquen en Parral, en su calidad de asistente social y en ese contexto, el recurrido se trasladó hasta de ciudad de Parral y se entrevistó con su jefatura, efectuando injurias contra su persona, producto de lo cual no se le renovó el contrato. Agrega que, en el mismo mes, el recurrido en compañía de desconocidos ingresó sin su voluntad a su domicilio ubicado en la ciudad y comuna de Puerto Montt, procediendo a cambiar las chapas y medidas de seguridad de las vías de ingreso a la referida vivienda, alegando falsamente, contar con una autorización de Carabineros que lo habilitaría para ingresar a la casa habitación. Acto seguido, el recurrido y las personas q

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto acordado de la Excma. Corte Suprema sobre materia, se rechaza el recurso de recurso de protección interpuesto por doña Yasna Lorena Muñoz Novoa, en contra de don Jorge Alfredo Mas Maragaño. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo del Abogado Integrante señor Gumercindo Quezada Blanco. ROL 2292-2020-PROTECCION

Texto Completo (Preview)

Chillán, veinticinco de octubre de dos mil veintiuno. Vistos: 1°.- Que, comparece Yasna Lorena Muñoz Novoa, trabajadora social, cédula nacional de identidad 11.808.039-4, domiciliada en Benavente 550, oficina 306, Puerto Montt, quien recurre de protección en contra de Jorge Alfredo Mas Maragaño, cédula nacional de identidad 12.422.353-9, trabajador independiente, domiciliado en Avenida Jorge Hour

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