SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. POR YENY PAOLA ARAYA ARAYA EN FAVOR DE CARLOS TABILO ARQUEROS (INTERNO) EN CONTRA DEL COMPLEJO PENITENCIARIO HUACHALALUME

Rol

Fecha

25 de octubre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece Jeny Paola Araya Araya, cédula nacional de identidad N°13.874.373-K, dueña de casa, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Carlos Alberto Tabilo Arqueros, cédula nacional de identidad N° 15.674.085-3, interno en el Centro Penitenciario Huachalalume, y en contra de Gendarmería de Chile. Expone que el amparado es interno del módulo N°41 del Centro Penitenciario Huachalalume en el cual ha mantenido problemas con otros internos y ha recibido amenazas de muerte. Sostiene que transitoriamente se encuentra ubicado en el módulo de aislamiento N°92, y agrega que Gendarmería lo ha trasladado a otros módulos en los cuales ha tenido problemas. Afirma que es necesario cambiar de módulo al amparado pues su vida corre peligro producto de las amenazas que ha recibido. Finaliza solicitando cambiar al amparado al módulo N°56, N°61 o N°62. Segundo: Que informando la recurrida solicita el rechazo de la acción. Señala que el amparado cumple condena en el C.P. de La Serena desde el 21 de septiembre de 2017, y que desde que ingresó al establecimiento ha mantenido una reclusión inestable que ha implicado que transite por varios módulos de mediana y alta complejidad, logrando finalmente ser incluido en el módulo N°41. Indica que en éste último módulo logró permanecer durante bastante tiempo hasta que volvió a presentar problemas, por lo cual salió de ese módulo el 12 de octubre del año en curso. Afirma que tras deambular un par de semanas, pudo ser insertado exitosamente en el módulo N° 56 tras haberse generado un cupo. Precisa que el amparado se mantiene en este módulo hasta la fecha sin presentar mayores inconvenientes. Acompaña a su informe 1.- Copia de Minuta N°2147 del encargado de la Oficina de Clasificación del C.P. de La Serena de fecha 18.10.21. 2.-Copia de Informe de Salud del interno Carlos Tabilo Arqueros de fecha 19.10.21. 3.-Copia de Certificado y Control de Conducta del interno Carlos Tabilo Arqueros. Tercero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza a los derechos fundamentales antes aludidos, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite, con el fin de que se ordene guardar las formalidades legales y se adopten de inmediato las providencias que se juzguen necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Cuarto: Que del tenor del recurso interpuesto se desprende que el acto por el cual se recurre consiste en mantener al interno recluido en un módulo del Centro Penitenciario en que cumple condena en el cual su seguridad individual se encontraría amenazada debido

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto por Jeny Paola Araya Araya en contra de Gendarmería de Chile. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad Rol N° 340-2021 (Amparo).

Texto Completo (Preview)

Tabilo Arqueros, Carlos Complejo Penitenciario Huachalalume Recurso de Amparo Rol N° 340-2021.- La Serena, veinticinco de octubre de dos mil veintiuno. Visto y considerando: Primero: Que comparece Jeny Paola Araya Araya, cédula nacional de identidad N°13.874.373-K, dueña de casa, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Carlos Alberto Tabilo Arqueros, cédula nacional de identidad

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